El Gobierno tramita la primera petición de indulto para Álvaro García Ortiz y solicita al Supremo el informe correspondiente

La solicitud de indulto ha sido presentada por dos particulares ante el Ministerio de Justicia

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El exfiscal general del Estado
El exfiscal general del Estado Álvaro García Ortiz (Diego Radamés - Europa Press)

El Ministerio de Justicia ha iniciado los trámites correspondientes tras recibir una primera solicitud de indulto para el ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, condenado a dos años de inhabilitación por un delito de revelación de secretos, por el que el Tribunal Supremo le declaró culpable. El Gobierno ha solicitado al alto tribunal que se pronuncie sobre esta petición, al tratarse del órgano que dictó la sentencia.

La solicitud de indulto ha sido presentada por dos particulares y, una vez registrada, Justicia la ha remitido al Tribunal Supremo para que emita su informe, según ha adelantado El País.

La normativa permite que las peticiones de indulto sean formuladas por los propios condenados, sus familiares o cualquier otra persona en su nombre. En estos casos, la solicitud debe ser informada por el tribunal sentenciador, en este caso, el Supremo, y también deben ser escuchadas la Fiscalía y la parte perjudicada.

Si el indulto llegara a concederse, la decisión correspondería al Rey, a propuesta del ministro de Justicia y tras la deliberación del Consejo de Ministros, que tiene la última palabra. La concesión deberá formalizarse mediante real decreto y publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

La condena contra el ex fiscal general

García Ortiz fue condenado por el Tribunal Supremo en noviembre de 2025 por un delito de revelación de secretos, siendo la la primera vez en la democracia que el máximo responsable del Ministerio Fiscal ha sido penalmente condenado por hechos relacionados con su ejercicio de funciones públicas.

La causa se centró en la supuesta filtración de un correo electrónico enviado por el abogado de Alberto González Amador, empresario y pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en el que admitía la comisión de dos delitos fiscales para conseguir un pacto con la Fiscalía.

Según la sentencia del Supremo, García Ortiz vulneró el artículo 417.1 del Código Penal, que castiga a la autoridad o funcionario público que revele secretos o informaciones de las que tenga conocimiento por razón de su cargo y que no deban ser divulgados. El tribunal consideró probado que la filtración del correo, por él mismo “o alguien de su entorno” y la emisión de una nota de prensa posterior, en la que se recogían detalles de ese intercambio de comunicaciones, constituyeron una divulgación indebida de datos reservados, algo que el fiscal general no podía justificar apelando a un intento de corregir “información errónea” difundida en medios.

Dos años de inhabilitación

La pena impuesta fue una inhabilitación especial para ejercer el cargo de fiscal general del Estado durante dos años, que supuso la dimisión de García Ortiz del puesto que ocupaba, además de una multa equivalente a 12 meses con una cuota diaria fijada por el tribunal. El fallo también estableció que debía indemnizar a González Amador con 10.000 euros por daños morales y hacer frente a las costas procesales del juicio.

El Tribunal Supremo ha condenado a Álvaro García Ortiz, fiscal general del Estado, a dos años de inhabilitación por revelación de secretos.

La decisión se adoptó por una mayoría de cinco votos frente a dos, ya que dos magistradas, las progresistas, de la Sala de lo Penal emitieron votos particulares discrepantes. Estas opiniones discrepantes sostenían que no se había demostrado de forma concluyente la autoría de la filtración por parte de García Ortiz y que la información filtrada ya estaba en parte en el dominio público, por lo que no concurrirían los elementos necesarios para la tipificación del delito.

Tras la sentencia, García Ortiz presentó su dimisión de forma inmediata, y la ejecución de la condena fue ordenada por el Supremo, que también dejó claro que todavía caben recursos ante instancias superiores como el Tribunal Constitucional.