Los autónomos franceses e italianos ahorraron más de 500 millones de euros en 2025: España, único país de la UE que no aplica el IVA franquiciado

Más de 770.000 trabajadores por cuenta propia podrían beneficiarse de este régimen fiscal si se aplicara en nuestro país

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Una trabajadora autónoma revisa sus
Una trabajadora autónoma revisa sus facturas (Canva)

Los autónomos franceses e italianos se ahorraron en 2025 más de 500 millones de euros gracias a la aplicación del denominado IVA franquiciado, un régimen fiscal que no existe en España y que permite a los trabajadores por cuenta propia con menores ingresos quedar exentos de las obligaciones habituales del impuesto. Ese ahorro contrasta con el coste que soportaron los autónomos españoles, que, según un informe de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), ascendió a 508 millones de euros en un solo año, situando al colectivo en una clara desventaja competitiva frente a otros profesionales europeos.

La organización cifra este impacto económico en el informe elaborado por su Gabinete de Estudios, en el que concluye que la no implantación del IVA franquiciado en España ha generado un perjuicio directo, real y cuantificable para el colectivo. España sigue siendo el único Estado miembro de la Unión Europea que no ha incorporado este régimen, lo que, según ATA, ha tenido un impacto económico directo sobre los autónomos, mientras en países como Francia o Italia este sistema se aplica de forma generalizada.

Qué es el IVA franquiciado y cómo funciona

El IVA franquiciado es un régimen especial del impuesto que permite a determinados autónomos quedar exentos de las obligaciones habituales del IVA. En la práctica, supone que los trabajadores por cuenta propia que no superan un determinado umbral de facturación anual -fijado en 85.000 euros en la normativa europea- no están obligados a presentar declaraciones periódicas del impuesto ni a realizar liquidaciones trimestrales. Tampoco deben llevar una contabilidad específica vinculada al IVA ni asumir los trámites administrativos asociados a este impuesto.

A cambio, estos autónomos no repercuten IVA a sus clientes ni pueden deducirse el IVA soportado en sus gastos, pero se benefician de una reducción significativa de costes y de carga burocrática. En los países donde el sistema está implantado, los profesionales acogidos al régimen solo realizan una declaración anual, lo que simplifica su relación con la administración tributaria.

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El perjuicio económico del modelo actual

Según las estimaciones del Gabinete de Estudios de ATA, 770.000 autónomos podrían acogerse al sistema si existiera en España. Se trata principalmente de profesionales y pequeños trabajadores por cuenta propia con ingresos inferiores a 85.000 euros y bajo volumen de IVA soportado.

El perjuicio económico se calcula a partir de dos factores principales. Por un lado, el ahorro en costes de gestión: la eliminación de declaraciones periódicas, contabilidad específica, software y servicios de gestoría y asesoría permitiría un ahorro estimado de 25 euros mensuales, es decir, 300 euros anuales por autónomo. Por otro, el ahorro de tiempo: se estima que cada autónomo dedica una media de dos horas al mes a tareas relacionadas con el IVA. Valorando ese tiempo en 15 euros por hora, el ahorro anual se sitúa en 360 euros.

La suma de ambos conceptos supone un ahorro individual medio de 660 euros anuales por autónomo. Extrapolado al conjunto de los potenciales beneficiarios, el perjuicio económico directo asciende a 508,2 millones de euros al año, una cifra que ATA considera un daño estructural que se repite cada ejercicio mientras no se implante el régimen.

Lorenzo Amor recuerda además que la organización ha denunciado esta situación ante la Comisión Europea por el incumplimiento de la directiva comunitaria, al considerar que está imponiendo una “carga adicional” a los más de 770.000 autónomos españoles que podrían acogerse al sistema, generando una desigualdad de condiciones frente a otros profesionales europeos. Lo cuales no solo no realizan declaraciones periódicas de IVA ni asumen los trámites asociados, sino que además solo presentan una declaración anual y operan con menores costes administrativos.