Condenan a un hombre a 11 años de prisión por agredir sexualmente a la hija de su pareja: la menor tenía siete años

Durante años, la víctima guardó silencio porque el acusado le indicó que no contase nada a su madre. Fue nueve años después cuando reveló los hechos y presentó la denuncia

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Audiencia Provincial de Almería. (Europa
Audiencia Provincial de Almería. (Europa Press)

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a once años de prisión a un hombre por un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal, cometido contra la hija menor de su entonces pareja sentimental. Los hechos, que se remontan al 2011, ocurrieron en la ciudad de Almería, cuando la víctima tenía entre siete y ocho años.

La menor y el acusado, según han publicado Europa Press y EFE, convivían cuando se produjeron las agresiones sexuales. El condenado, de origen ecuatoriano, aprovechaba las ausencias por motivos laborales de su pareja y madre de la menor para realizar actos de naturaleza sexual “con ánimo de satisfacer su libido”.

La menor, según ha especificado la Audiencia Provincial de Almería, se encontraba en una posición de “manifiesta desventaja”, tanto por su edad como por el contexto de convivencia. Así, durante años, mantuvo silencio debido a que el acusado le indicó que no contase nada a su madre de los abusos reiterados, con tocamientos y actos de naturaleza sexual.

Finalmente, en 2020, cuando ya residía en otra ciudad, la víctima reveló los hechos sufridos por la pareja de su madre y se presentó de inmediato la correspondiente denuncia.

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Indemnización de 60.000 euros por daños morales

La sentencia de la Sección Tercera establece que el testimonio de la víctima es “firme y sólido” y que los actos cometidos contra ella le han provocado un impacto psicológico que ha quedado reflejado en los informes periciales que han sido incorporados a la causa.

Además de la condena de once años de prisión, al acusado también se le ha impuesto la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la víctima y de comunicarse con ella por cualquier medio durante un periodo de 20 años. Además, la Audiencia Provincial de Almería ha decretado seis años de inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento, así como veinte años de inhabilitación para cualquier profesión u oficio que implique contacto habitual y directo con menores.

Tras el cumplimiento de la condena, la sentencia también establece una medida de libertad vigilada de diez años y una indemnización a la víctima con 60.000 euros por los daños morales que le ocasionaron los hechos delictivos cuando tenía siete años. Sin embargo, el tribunal ha absuelto al acusado del delito continuado de exhibicionismo, al entender que estos hechos quedan absorbidos en la agresión sexual continuada.

Otra condena por agresión sexual a una menor en Sevilla

También en Andalucía, otro hombre ha sido condenado a cuatro años de prisión por un delito continuado de agresión sexual a la hija de una prima de su mujer, a la que le realizaba tocamientos cuando se quedaban a solas. Así lo ha decretado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), confirmando la sentencia de la Audiencia de Sevilla contra la que el condenado había presentado un recurso de apelación.

Real Chancillería de Granada, sede
Real Chancillería de Granada, sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). (Europa Press)

Los hechos, ocurridos en Sevilla en la época veraniega de los años 2016 a 2018, tuvieron lugar tanto en el domicilio del acusado como en el de los padres de la menor, ambos ubicados en Sevilla. En el momento de los hechos, la víctima tenía entre ocho y diez años.

Al hombre también se le prohíbe comunicarse por cualquier medio con la víctima y acercarse a menos de 500 metros de su domicilio, centro escolar o lugares que frecuente durante seis años. Además, se le ha condenado a la inhabilitación para ejercer la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por un periodo de dos años, así como para cualquier profesión u oficio, remunerado o no, que implique trato directo y habitual con menores de edad durante siete años. Junto a esto y a la pena de prisión, la sentencia incluye una indemnización para la víctima de 20.000 euros.

*Con información de EFE y Europa Press