La Fiscalía solicita al Tribunal Supremo que anule la sentencia contra García Ortiz

El Ministerio Público reprocha al Alto Tribunal que “prescinde sin explicación alguna” de analizar el testimonio de numerosos testigos

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El fiscal general del Estado,
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a su salida del Tribunal Supremo, a 12 de noviembre de 2025, en Madrid. (Diego Radamés/Europa Press)

La Fiscalía ha solicitado al Tribunal Supremo que revoque la sentencia que condena a Álvaro García Ortiz a dos años de inhabilitación por un delito de revelación de secretos en relación con Alberto González Amador, la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

Este requerimiento, presentado a través de un incidente de nulidad de actuaciones, un mecanismo judicial que permite impugnar resoluciones judiciales firmes cuando se considera que ha habido una vulneración de derechos fundamentales.

La defensa pretende así que el Alto Tribunal anule la resolución que apartó a García Ortiz de su puesto y, en caso de desestimarse la petición principal, que se suprima al menos la indemnización por daños morales dictada a favor de González Amador y la obligación de abonar las costas generadas por la acusación particular.

Según el escrito de la teniente fiscal María de los Ángeles Sánchez Conde —documento al que ha tenido acceso Europa Press—, la Fiscalía fundamenta su petición en varios puntos: la viabilidad procesal del incidente de nulidad, la supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia, el principio acusatorio, el principio de legalidad penal (artículo 25.1 de la Constitución Española) y el derecho a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1 CE).

Sostiene que “el correo ya había sido divulgado” antes de recibirlo

En el texto, el Ministerio Público reprocha al Supremo que “prescinde sin explicación alguna” de analizar el testimonio de numerosos testigos, así como “del hecho públicamente acreditado” de que el correo electrónico objeto del proceso ya había circulado por los medios antes de que García Ortiz lo recibiera. En palabras de la Fiscalía, “cuando el correo llegó al Fiscal General del Estado ya había sido divulgado y ello está acreditado aunque la sentencia lo omite”.

El Tribunal Supremo ha condenado a Álvaro García Ortiz, fiscal general del Estado, a dos años de inhabilitación por revelación de secretos.

De acuerdo con la información de Europa Press, la Fiscalía insiste en que está demostrado que distintos medios “habían difundido durante los días 12 y 13 de marzo diversas noticias en las que se atribuía a la Fiscalía que, en un asunto penal, estaba actuando por motivos políticos y que los hechos carecían de todo sustrato fáctico”.

El escrito sostiene, además, que “estas insidiosas y calumniosas informaciones contaban con el apoyo y aportación de medios por parte del gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid”.

El Ministerio Público considera que la actuación del gobierno regional tendría relación directa con el hecho de que la investigación penal estuviese dirigida contra “la pareja sentimental de la presidenta de la Comunidad Autónoma de Madrid, Alberto González Amador, ahora querellante al que se le consideraba implicado en una trama de defraudación tributaria y contra el que la fiscalía había interpuesto una denuncia”.

Contradicciones en la resolución

La Fiscalía señala que, de forma inesperada, la sentencia solo analiza, según su criterio, “escasos” testimonios de descargo. El Ministerio Público observa una contradicción en la resolución, que aparentemente admite que los periodistas tuvieron acceso al correo de 2 de febrero de 2024 por otras vías —distintas a García Ortiz— pero considera, igualmente, que este dato carece de relevancia.

En el documento, la Fiscalía plantea que “es discutible que la pretensión de condena por la acusación particular guarde homogeneidad con lo aceptado en la sentencia, dado que hay disparidad en la calificación jurídica de los hechos, en la petición penológica y en el monto de las responsabilidades civiles y tales variaciones no son desdeñables”.

Según la Fiscalía, la sentencia dice que hay homogeneidad esencial, pero en realidad la Sala no aceptó ninguno de los pedidos de la acusación particular. Por eso, según la propia jurisprudencia de la Sala, no corresponde imponer automáticamente las costas a la acusación particular. Además, el hecho de que el Ministerio Fiscal no haya presentado acusación no justifica esa decisión, ya que no tiene respaldo legal.

Una sentencia sin unanimidad

La decisión del Tribunal Supremo ha supuesto el cese forzoso de García Ortiz, quien llegó al puesto tras haber sido la persona de confianza de Dolores Delgado, su predecesora y exministra de Justicia.

El tribunal que dictó la sentencia estaba formado por siete magistrados —la mayoría de perfil conservador— y dos magistradas progresistas que expresaron su desacuerdo mediante voto particular. La destitución de García Ortiz se ha producido después de que cinco de estos magistrados decidieran, el 16 de octubre de 2024, abrir un procedimiento penal tras la filtración a la prensa de que la defensa de González Amador ofreció a la Fiscalía reconocer los dos delitos fiscales por los que era investigado a cambio de evitar su ingreso en prisión.

Noticia con información de Europa Press