
Un hombre es condenado a un año de prisión por quitarse el preservativo sin que la mujer lo consistiera o se percatase de ello mientras mantenían una relación sexual. Según informa la agencia EFE, la sección tercera de la Audiencia de Barcelona lo condena a un año de prisión por el delito de agresión sexual y a cuatro años de libertad vigilada, frente a los tres años que pedía la Fiscalía.
El delito se cometió el 13 de noviembre de 2022, en Barcelona, cuando la víctima y el hombre habían concertado un encuentro a través de una aplicación de citas. Según informa EFE, ambos se citaron en el domicilio de la mujer, donde iniciaron una relación sexual con penetración consentida por ambas partes, pero en un momento dado, el hombre se quitó el preservativo cuando la mujer estaba de espaldas y no podía verlo y prosiguió con el acto sexual. Todo ello sin que ella lo autorizase o fuera consciente de lo que sucedía. En la sentencia a la que ha tenido acceso la agencia de comunicación, consta que la víctima le recriminó al condenado la agresión, conocida como stealthing.
Por ello, y además del ingreso en la cárcel, al condenado se le impone la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima y de comunicarse con ella por cualquier vía durante seis años. Por otro lado, y en concepto de responsabilidad civil, deberá abonar a la mujer 1.000 euros por los daños morales ocasionados. El hombre también ha quedado inhabilitado para ejercer cualquier profesión, oficio o actividades con menores de edad, que conlleve un contacto regular y directo por un período de cinco años.
La sentencia considera “inverosímil” la versión del condenado
La sentencia a la que ha tenido acceso la agencia EFE destaca que la versión que ha concedido el acusado resulta “inverosímil”. El condenado declaró durante el juicio que utilizó el preservativo hasta que concluyeron, pero que al finalizar, se inició otro acto sexual sin ninguna protección. El motivo, según alegó el hombre en la vista, fue que ella “insistió” y le “presionó” para continuar, aun sabiendo que se lo había quitado.
Mientras tanto, el relato de la víctima, según plantea la sentencia, “es lógico en sí mismo”, ya que quería mantener relaciones sexuales con el ahora condenado, pero sufrió “engaño, vergüenza y ansiedad” por la acción que llevó a cabo el hombre con el que no tenía ninguna “enemistad”. La sentencia también subraya que la “persistencia” de la mujer en las declaraciones “sin contradecirse ni desdecirse” se mantienen en el tiempo, a diferencia de las del acusado. El tribunal concluye, por ello, que se está ante “pruebas válidas, suficientes y racionalmente valoradas” que avalan la acusación pública y particular.
La práctica conocida como ‘stealthing’ está ratificada como delito por el Supremo
El comportamiento conocido como stealthing, sigilo en inglés, está ratificado por el Tribunal Supremo como un delito desde mayo de 2024. El pleno de la Sala Segunda del alto tribunal celebrada el miércoles 28 de mayo declaró que se la considera una agresión sexual. La decisión ha sido tomada por cinco magistrados, quienes, en unanimidad, han entendido que el delito “equivale a una penetración sin consentimiento”. De ser así, el Código Penal indica que esto está penado con entre cuatro y doce años de cárcel.
Retirar el preservativo sin el consentimiento de la pareja durante una relación sexual o fingir haberlo puesto cuando es así, puede producir infecciones de transmisión sexual (ITS), como el VIH, o producir embarazos no deseados, además de secuelas psicológicas. Estas son algunas de las consecuencias que sufren las víctimas se stealthing, además de ansiedad.
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