
Ya fue noticia en mayo de 2022, pero ha sido ahora, en septiembre de 2025, cuando la historia ha terminado. El lugar es Chile y su protagonista, un trabajador del Consorcio Industrial de Alimentos (CIAL), un grupo empresarial dedicado a la producción y comercialización de comida procesada que integra compañías que operan principalmente en América Latina. El hecho que da origen a todo es un sobresueldo por error.
El empleado, auxiliar de distribución, esperaba en su cuenta en el banco 500.000 pesos, en ese momento 522 euros. Su salario. Cuál fue su sorpresa al descubrir que le habían ingresado 165 millones de pesos, en torno a 172.000 euros al cambio. 330 veces más. La cosa podría haber quedado en anécdota en caso de que el beneficiario comunicara el fallo al pagador y hubiera facilitado el reintegro de la cantidad transferida indebidamente. No fue así.
Desaparición y renuncia
En un primer momento, el afortunado sí hizo saber al subdirector de su centro lo ocurrido, de hecho hasta se comprometió a acudir al banco a gestionar personalmente la devolución, la renuncia al exceso. Pero debió pensárselo mejor y desapareció. Durante tres días no se supo de él, no acudió a su puesto. A las 72 horas hizo acto de presencia a través de su abogado para presentar una carta formal de renuncia.
Esto tenía un segundo significado: se había quedado con el dinero y, dándose por despedido, prefirió adelantarse. Lo demás, sabían todas las partes, debería dirimirse en los tribunales. Ha sido Diario Financiero, el medio que destapó el caso, quien informa ahora, tres años después, de la resolución. Finalmente, el juez ha absuelto al acusado, es decir, ha sentenciado a favor del trabajador.
Pero cabe recurso, y el Consorcio Industrial de Alimentos ya ha adelantado que no se va a rendir aquí: “CIAL ejercerá todas las acciones legales que la normativa contempla, interponiendo un recurso de nulidad, a fin de que la resolución sea revisada”, ha declarado un portavoz al citado periódico chileno.
Qué hacer si te ocurre
Según la asesoría Legaltik, cuando un trabajador detecta que su empresa ha realizado un ingreso superior al acordado en la nómina, se enfrenta a una situación que puede tener implicancias legales. En primer lugar, la legislación reconoce el derecho de la compañía a reclamar cualquier pago indebido, derecho que se mantiene vigente mientras el contrato laboral esté en activo, al firmar el finiquito o incluso tras la finalización de la relación laboral.

El protocolo recomendado ante este escenario comienza por actuar con rapidez y franqueza. Se aconseja no usar el dinero extra hasta que la situación se aclare, para evitar mayores problemas en caso de una devolución. Es fundamental comunicar por escrito el posible error al departamento de Recursos Humanos o al área de nóminas. Guardar copias de los correos electrónicos o mensajes enviados a la empresa permite demostrar que se actuó de buena fe.
En caso de confirmarse que el exceso cobrado es un error, la devolución puede acordarse directamente con la empresa: “Puedes acordar con la empresa cómo devolver el importe: en un único pago o de forma fraccionada, descontándolo de próximas nóminas”, explica Legatik. Mantener una actitud proactiva y transparente evita malentendidos y demuestra disposición a resolver el problema de manera correcta.
Pasado un año, el dinero es tuyo
Si el trabajador opta por no devolver el importe y la empresa detecta el error posteriormente, puede recuperar el dinero restándolo en la siguiente nómina. Sin embargo, este descuento está sujeto a ciertos límites legales que deben respetarse. En situaciones donde no se alcanza un acuerdo o el empleado se niega a reintegrar el dinero, la compañía puede recurrir a la vía judicial para exigir la devolución mediante una demanda civil o laboral.
Otra cuestión relevante es el plazo de prescripción de estas reclamaciones. La empresa dispone, en general, de un año desde la detección del error para iniciar acciones de recuperación del dinero. Si transcurre más de un año sin que haya reclamación, el trabajador ya no estará obligado legalmente a devolver ese exceso.
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