Un juzgado de Barcelona perdona una deuda de 22.875 euros a un hombre en insolvencia por su adicción a las compras compulsivas

“Este es un claro ejemplo de cómo la salud mental puede tener un fuerte impacto en la estabilidad financiera de una persona”, explica la abogada que ha llevado el caso

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Ley de Segunda Oportunidad
Ley de Segunda Oportunidad

El Juzgado Mercantil número 9 de Barcelona ha perdonado una deuda de 22.875,02 euros a un hombre cuya insolvencia se originó por su adicción a las compras compulsivas y la solicitud de préstamos para poder mantener su nivel de vida. De este modo, la jueza le exonera del pasivo insatisfecho gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad, al cumplir con todos los requisitos exigidos por la normativa.

El hombre ocupaba un puesto administrativo en una empresa de comercio internacional, con ingresos acordes a su nivel de vida y, por lo tanto, le permitían llevar a cabo un estilo de vida cómodo, según explican desde Bergadà Abogados, despacho encargado del caso.

Sin embargo, de manera gradual y casi imperceptible, desarrolló un comportamiento de compras compulsivas. Este patrón de consumo desmedido lo llevó a solicitar préstamos para poder cubrir sus gastos básicos y mantener su sustento diario y estilo de vida. De hecho, esta situación compulsiva de adquisición de bienes se fue intensificando y “la pelota se fue haciendo cada vez más grande. Los problemas de salud mental que provocaron las compras compulsivas hicieron que no pudiera cubrir mis gastos más básicos y en ese momento creí que la mejor solución era solicitar préstamos. Pero la situación fue a peor, hasta el punto que no pude controlarla y ni salir del punto en el cual me encontraba”, lamenta.

En septiembre de 2023, al alcanzar un punto crítico en su vida, buscó ayuda profesional y comenzó a asistir a terapias psicológicas. Este proceso de recuperación le permitió tomar conciencia de sus problemas de adicción, que actualmente está tratando, pero las cuotas de sus deudas ya superaban su capacidad de pago, por lo que sus ahorros y la ayuda de sus familiares fueron insuficientes.

“La salud mental puede tener un fuerte impacto en la estabilidad financiera”

En julio del año pasado fue cuando una amiga suya le habló de la ley de Segunda Oportunidad, ya que ella había tenido un problema parecido y había conseguido ser exonerada del pasivo insatisfecho gracias al trabajo del despacho de Bergadà Abogados.

“Estaba en una situación compleja, porque no podía hacer frente a los pagos, y rápidamente me puse en contacto. Tras un par de reuniones, aporté la documentación que me solicitaron y vieron que era viable acogerme a la Ley de la Segunda Oportunidad”, explica el afectado.

Por su parte, la abogada que ha llevado el caso y socia fundadora de Bergadà Abogados, Marta Bergadà, relata que que “nos encontramos con una persona trabajadora y comprometida. Su caída económica fue consecuencia directa de una patología que hoy está tratando con responsabilidad. Para nosotros, como boutique legal, era evidente que se trataba de un deudor de buena fe”.

De esta manera consiguieron su objetivo y que se le perdonará la deuda. La letrada matiza que “este es un claro ejemplo de cómo la salud mental puede tener un fuerte impacto en la estabilidad financiera de una persona. Afortunadamente, la Ley de la Segunda Oportunidad permite ofrecer una solución legal y humana a estas situaciones tan críticas”.

Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015 de 28 de julio, y sus posteriores reformas) es un mecanismo jurídico que permite que personas físicas —incluidos autónomos— que están en situación de insolvencia puedan reestructurar o incluso cancelar (exonerar) sus deudas cuando no pueden hacerles frente. El procedimiento combina fases de mediación con acreedores, liquidación de patrimonio cuando existe, y un posible “beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho” (BEPI), es decir, la liberación de la deuda pendiente una vez cumplidos ciertos requisitos de buena fe.

Alcanza máximos de 1,668 billones, aunque el Ejecutivo espera que se reduzca para finales de año (Fuente: Europa Press).

También se exige que el deudor no tenga antecedentes penales por delitos económicos, que haya actuado con buena fe, que no se haya beneficiado del mecanismo recientemente y que sus deudas no superen ciertos límites. En la práctica, una vez iniciado el proceso se paralizan embargos e intereses, y si procede, se liquida el patrimonio disponible; finalmente, el juez puede conceder la exoneración de las deudas que no pudieron ser abonadas, permitiendo al deudor empezar de nuevo.