
El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado este martes la actualización del índice de referencia para la revisión de alquileres, que establece que los contratos sujetos a revisión podrán incrementarse hasta un 2,10%. Esta cifra afecta a los contratos firmados a partir del 25 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la nueva ley de vivienda, y supone una subida respecto al registro del mes anterior.
La actualización dada a conocer este lunes por el INE corresponde al dato de junio de 2025, siendo la octava vez que se publica este índice desde que se instauró como medida para limitar la subida de los alquileres y evitar incrementos desproporcionados por la inflación.
La nueva cifra, aunque superior a la de mayo, se mantiene contenida en comparación con la evolución de la inflación general, que ha cerrado junio en el 2,3% según el INE, mientras que la inflación subyacente se sitúa en el 2,2%.
Evolución del índice desde su implantación
Desde la entrada en vigor de este nuevo sistema de actualización de los alquileres, el índice ha marcado diferentes tramos: en noviembre fue del 2,2%, en diciembre del 2,28%, en enero del 2,19%, en febrero del 2,08%, en marzo del 1,98%, en abril del 2,09%, en mayo del 1,9% y en junio ha vuelto a subir hasta el 2,1%. Con estas cifras, el Gobierno busca frenar la volatilidad en los alquileres tras las oscilaciones que provocó la inflación en los últimos años.
Hasta la implantación de este índice, la actualización de los alquileres se vinculaba en la mayoría de los casos al Índice de Precios al Consumo (IPC). Sin embargo, a raíz del aumento de la inflación tras la invasión rusa de Ucrania, el Gobierno impuso en abril de 2022 un límite temporal del 2% en la subida de los alquileres. Este tope se incrementó al 3% para el año 2024.
A partir de 2025 han desaparecido estos límites fijos y su lugar lo ocupa el índice de referencia del INE, que se actualiza anualmente y es el que rige la revisión de rentas en los contratos sujetos a la nueva Ley de Vivienda.
Condiciones de aplicación para inquilinos y propietarios
Según el marco regulatorio vigente, los propietarios que deban revisar el alquiler tras la fecha de entrada en vigor de la ley deben ceñirse a este índice. El aumento solo se podrá aplicar tras la debida notificación por escrito al inquilino, respetando los plazos y condiciones que recoge el contrato de arrendamiento.
En algunos supuestos, el contrato permite una prórroga del alquiler: hasta cinco años cuando el propietario es un particular, y hasta siete años si la propiedad corresponde a un gran tenedor. Esto ofrece alternativas para los arrendatarios y aporta estabilidad en el arrendamiento de vivienda habitual.
Para facilitar la consulta y el cálculo del incremento permitido, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana dispone en su página web de una herramienta que permite a arrendadores y arrendatarios calcular el precio máximo actualizado de la renta según el índice vigente.
Un índice polémico
La implantación del índice de referencia del INE ha suscitado críticas entre algunos agentes del sector inmobiliario. Parte de los propietarios argumenta que el índice funciona, de facto, como un tope para las actualizaciones de las rentas y mantiene la evolución de estas por debajo de la inflación real. Según estos actores del mercado, ello podría desincentivar la oferta de vivienda en alquiler y dificultar la creación de un mercado más dinámico.
Además, subrayan que durante un periodo transitorio coexistirán dos índices distintos para la actualización de contratos, lo que puede generar dudas y confusión tanto para propietarios como para inquilinos.
Frente a este escenario, el Gobierno insiste en la necesidad de proteger el acceso a la vivienda, moderar el crecimiento de los precios y aportar mayor previsibilidad en la relación contractual entre arrendador y arrendatario. El objetivo es garantizar que los alquileres se mantengan en niveles asumibles mientras se estabiliza el entorno económico y se avanza hacia un mercado del alquiler más equilibrado y sostenible.
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