
“Con intenso dolor, náuseas, mareos y dificultad para respirar, buscó la ayuda de su supervisor. Incluso tras reiteradas solicitudes, se le impidió salir del sector donde trabajaba debido al funcionamiento de la línea de producción”, recoge la sentencia del Tribunal Laboral de Mato Grosso sobre el caso de una trabajadora venezolana de 32 años que perdió a sus hijas gemelas tras no recibir autorización para acudir a un hospital durante su jornada en la planta de BRF en Lucas de Rio Verde (Brasil).
El fallo, dictado el 24 de junio por el juez Fernando Galisteu, responsabiliza a la multinacional alimentaria por negligencia y la condena a pagar una indemnización de 150.000 reales brasileños (25.000 euros) por el daño moral, además del abono de todas las prestaciones laborales que corresponden por ley.
Embarazo avanzado, síntomas ignorados y una decisión fatal
Los hechos ocurrieron en abril de 2024. La mujer se encontraba en su octavo mes de embarazo cuando comenzó su turno de madrugada en la empacadora de carne de BRF.
Según la reconstrucción judicial, alrededor de las 3:40 horas, la trabajadora empezó a manifestar síntomas claros de trabajo de parto. Solicitó reiteradamente el permiso para abandonar su puesto y acudir a un centro médico, pero sus superiores se lo negaron alegando que no se podía detener la línea de producción.
“La empleada permaneció en el trabajo, pero el dolor aumentó; volvió a solicitar permiso, pero se lo denegaron. Entonces decidió dejar el trabajo por su cuenta para ir a un hospital”, relata la sentencia.
Al salir de la planta y dirigirse a una parada de autobús frente al recinto, rompió aguas. Dio a luz a la primera de las gemelas hacia las 6:30 horas, pero la bebé falleció poco después. La segunda hija nació minutos más tarde, y también murió en el lugar.
Las cámaras de seguridad desmienten la versión de BRF
En el juicio, la empresa negó haber incurrido en negligencia y argumentó que la mujer no tenía un embarazo de alto riesgo. Afirmó también que la empleada habría rechazado la atención médica ofrecida por la empresa.
El juez consideró inverosímil esta línea de defensa: “No parece creíble suponer que la trabajadora, en su estado de debilidad y con ocho meses de embarazo de gemelos, se negara a acudir al centro médico de la demandada”, escribió Galisteu, según recoge el medio brasileño UOL.
La empresa también afirmó que el parto ocurrió fuera del perímetro de la planta. Sin embargo, imágenes de las cámaras de seguridad desmintieron esta afirmación: las grabaciones mostraron que la mujer dio a luz a sus hijas dentro del propio recinto de BRF.
Protocolo inexistente y personal de salud alertado
Los testimonios recabados durante la investigación reforzaron la versión de la trabajadora. La técnica de salud que estaba de turno declaró que no fue llamada para atender el caso.
Además, la enfermera responsable del área médica confirmó que no se siguió ningún protocolo. “La empleada no tuvo acceso al Servicio Especializado en Ingeniería de Seguridad y Medicina del Trabajo de la empresa”, detalla el fallo.
El tribunal consideró que la empresa no activó los mecanismos básicos y la mujer, sin asistencia, se vio forzada a abandonar el lugar sola.
Despido tras baja de maternidad
Tras la muerte de los bebés y la finalización de la baja por maternidad, BRF despidió a la empleada por “abandono de trabajo”. El tribunal rechazó esta justificación al considerar que la mujer se encontraba en una situación de extrema vulnerabilidad física y emocional.
Por tanto, el magistrado ordenó que BRF le pague la totalidad de las prestaciones laborales: preaviso, decimotercer sueldo, vacaciones, FGTS con multa del 40% y garantizar el acceso al seguro de desempleo.
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