
Un conductor en Francia ha sido cazado por un radar conduciendo a más de 275 km/h, pero finalmente no será sancionado tras apoyarse en un vacío legal para evitar la multa. En circunstancias normales, una infracción de tal magnitud habría acarreado la pérdida automática del carnet de conducir, multas muy elevadas y otras consecuencias legales.
Según una informaciuón del medio francés especializado en automoción, Auto Moto, la defensa del conductor se apoyó en una laguna técnica del equipo de medición, lo que permitió que el proceso no avanzara. El abogado del conductor revisó minuciosamente la documentación técnica del radar y detectó que el dispositivo no estaba certificado para registrar velocidades superiores a 250 km/h. Esta limitación técnica ya había ocasionado problemas en otras ocasiones, aunque nunca en situaciones donde la velocidad registrada fuera tan alta.
Esta observación resultó determinante en el proceso judicial, ya que el juez consideró que la medición de 275 km/h carecía de validez legal. La causa fue archivada y el conductor evitó cualquier sanción, a pesar de haber superado ampliamente los límites de velocidad permitidos.
Un radar no homologado salva de una multa en Italia
Un caso similar ocurrió en Italia el pasado mes de marzo, cuando una jueza de la localidad italiana de Dolo, en la región de Venecia, anuló una multa de 180 euros impuesta a un conductor por superar el límite de velocidad en 11 kilómetros por hora, al determinar que el radar utilizado por la Policía Local “no contaba con la homologación técnica exigida por la normativa”, tal y como argumentó la defensa del conductor.
El abogado recurrió la sanción de los agentes argumentando además que el dispositivo empleado para medir la velocidad no solo carecía de la homologación necesaria, sino que tampoco había sido calibrado de forma adecuada.
¿Cuál es el margen de velocidad en España?
Aunque los radares son altamente precisos y estén perfectamente homologados, pueden presentar pequeñas desviaciones en la medición, especialmente en condiciones meteorológicas adversas. Por eso la aplicación de márgenes de error es una práctica común en distintos países europeos.
En el caso de España, la Dirección General de Tráfico (DGT) establece un margen de tolerancia de 3 y 5 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y del 3% y el 5% para velocidades superiores en el caso de radares fijos y móviles, respectivamente. Por ejemplo, en el caso de que un conductor sobrepase la velocidad de 120 km/h sólo le llegará la multa a casa si circulaba a más de 125 km/h si el radar es fijo y 128% si es móvil.
Esta medida se impuso para evitar sanciones injustas y garantizar que las multas se fundamenten en mediciones fiables. Además, la tolerancia pretende compensar las diferencias entre la velocidad real y la que marcan los velocímetros de los vehículos, que en ocasiones pueden mostrar valores superiores a los registrados por el radar.
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