La Unión Europea aprueba que las aerolíneas sigan cobrando por el equipaje de mano pese al rechazo de España y otros tres países

La reforma, impulsada por la presidencia polaca, permite cobrar por maletas de mano en cabina y modifica los derechos de compensación por retrasos y asignación de asientos

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Un avión de Ryanair (REUTERS/Clodagh
Un avión de Ryanair (REUTERS/Clodagh Kilcoyne)

Los 27 países que conforman la Unión Europea han aprobado este jueves la propuesta de reforma de un reglamento que permitirá a las aerolíneas, en especial las de bajo coste, seguir cobrando por el equipaje de mano en cabina. La medida, impulsada por la presidencia polaca del Consejo de la UE, ha salido adelante gracias a una ajustada mayoría cualificada, a pesar del voto en contra de España, Alemania, Portugal y Eslovenia, y con las abstenciones de Austria y Estonia.

La reforma introduce un nuevo tipo de equipaje gratuito, limitado a aquel que se pueda colocar debajo del asiento delantero, mientras que autoriza explícitamente el cobro por las maletas que se transportan en el compartimento superior, una práctica que ya llevan a cabo varias compañías. España ha mantenido su rechazo a todos los puntos de la propuesta. De hecho, el Ministerio de Consumo ya había sancionado a cinco aerolíneas de bajo coste por prácticas consideradas abusivas en este ámbito.

Las multas impuestas ascendieron a un total de 179 millones de euros y afectaron a Ryanair (107.775.777 euros), Vueling (39.264.412 euros), EasyJet (29.094.441 euros), Norwegian (1.610.001 euros) y Volotea (1.189.000 euros). Las razones para las sanciones incluyeron el cobro por equipaje de mano, por asignar asientos separados a menores o personas dependientes salvo pago adicional, la imposibilidad de pagar estos recargos en efectivo, el cobro excesivo por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto, omisiones engañosas de información y la falta de claridad en los precios publicados en sus páginas web y las de terceros.

Desde la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) en España han defendido que esta práctica es, a día de hoy, “legal”, y recuerdan que la sanción impuesta por el Ministerio de Consumo se encuentra recurrida. La legalidad se ampara en el Reglamento 1008/2008, y en España la jurisprudencia no es unánime: más de 40 sentencias han respaldado esta forma de operar por parte de las compañías. Pero desde el Ministerio de Consumo insisten en que no ven con razón esta medida, ya que argumentan que las aerolíneas “no les supone un coste ni se responsabilizan de este equipaje”, como sí ocurre con el facturado. Además, critican, rompe con la jurisprudencia de la Sentencia del TJUE, de 18 de septiembre de 2024.

España también ha rechazado otra parte del acuerdo, que modifica los tiempos de espera mínimos necesarios para que un pasajero tenga derecho a compensación en caso de retraso. Se eleva el umbral de tres a entre cuatro y seis horas, dependiendo de la duración del vuelo, algo que el Gobierno español considera “perjudicial” para los derechos de los pasajeros.

Interior de un avión (Pixabay)
Interior de un avión (Pixabay)

Otra novedad introducida por la reforma es que las aerolíneas solo estarán obligadas a ofrecer un asiento contiguo gratuito a personas dependientes en el momento de la facturación y únicamente si existe disponibilidad, lo que implica que para garantizar viajar junto a un acompañante, el pasajero deberá abonar un suplemento.

Además, el reglamento respalda otras dos prácticas controvertidas. Por un lado, legaliza el cobro por modificar datos personales en el billete dentro de las 48 horas previas al vuelo, algo que en España no se permitía ya que la Agencia Española de Protección de Datos consideraba que la corrección de errores debía ser un derecho gratuito. Por otro lado, se valida la práctica del no show, también prohibida en España, que permite a las compañías cancelar el vuelo de vuelta si el pasajero no ha utilizado el de ida. El Tribunal Supremo ya había calificado esta práctica de “abusiva”.

“No podemos apoyar esta propuesta”, declaró el secretario de Estado de Transportes, José Antonio Santano, quien lamentó junto a los gobiernos de Alemania, Portugal y Eslovenia los “retrocesos” que supone esta reforma para los usuarios.

“El lobby de las aerolíneas ha logrado en Europa lo que no consiguió en España”, valoró por su parte el ministro de Consumo español, Pablo Bustinduy, que ha apuntado que “no está todo perdido”, ya que la medida debe ser ahora aprobada por mayoría absoluta en la Eurocámara, donde podrá ser modificada vía enmienda.

Desde la Organización Europea de Consumidores señalaron que, si bien el acuerdo mejoró algunos derechos en teoría, brindando a los consumidores un mejor acceso a la información en caso de interrupción, atención y asistencia, “representa una reducción sustancial de otros derechos clave”.

Desde la presidencia polaca han querido defender el acuerdo. El ministro Dariusz Klimczak afirmó al término de la reunión: “Gracias por el debate y por la flexibilidad, es un gran paso hacia una reforma muy necesaria para mejorar los derechos de los pasajeros de la UE. Es posible que no todo el mundo esté plenamente satisfecho, pero a eso yo lo llamo un buen compromiso, que es cuando nadie se queda cien por cien contento. Vamos ahora a empezar la negociación con el Parlamento Europeo”.

El aeropuerto de Barcelona cambiará los controles en 2024: se acabó el sacar líquidos y portátiles de la maleta para subir al avión.

El ministro Bustinduy ya advertía semanas atrás: “La realidad, que todos la conocen, es que las aerolíneas de bajo coste llevan mucho tiempo incurriendo en estas prácticas que se aprovechan de los derechos de los consumidores, sobre todo por cobrar por servicios básicos como la maleta de mano”. Y añadió: “Es inaceptable que cualquier país o institución de la UE abandone su misión, su obligación de defender y proteger los derechos de los consumidores, para ponerse del lado de los intereses de las compañías aéreas”.