
La pensión de orfandad es una ayuda económica que concede la Seguridad Social en España a los hijos de una persona fallecida. Este subsidio puede percibirse hasta los 21 años de edad, aunque en determinadas condiciones puede prolongarse hasta los 25. Para tener derecho a esta prestación, debe haberse producido el fallecimiento de un progenitor con hijos menores de edad o jóvenes a su cargo. Además de los hijos biológicos y adoptados, también pueden acceder a la pensión los hijos del cónyuge del fallecido, siempre que el matrimonio haya tenido una duración mínima de dos años y existiera una relación de dependencia económica con el fallecido.
La solicitud debe presentarse en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social dentro de los tres meses posteriores al fallecimiento. La pensión es compatible con los ingresos laborales tanto del huérfano como del cónyuge superviviente, siempre que no se supere el 100% del Salario Mínimo Interprofesional. Si se excede este umbral, el abono de la pensión queda suspendido, aunque puede reanudarse si cesa la actividad laboral o finaliza la prestación por desempleo.
Qué requisitos hay que cumplir para poder recibirla
Para acceder a una pensión de orfandad, es necesario que la persona fallecida y la persona beneficiaria cumplan con una serie de condiciones relacionadas con el origen del fallecimiento y la situación laboral del causante, así como con la edad y circunstancias personales del huérfano o huérfana. Se puede tener derecho a esta prestación si la persona fallecida murió en alguna de las siguientes circunstancias:
- Accidente no laboral: cuando el fallecimiento fue consecuencia de un accidente ocurrido fuera del ámbito de trabajo (Si fue un accidente laboral, también existe derecho a la pensión, pero el trámite debe realizarse a través de la mutua correspondiente).
- Enfermedad profesional: si el fallecimiento se produjo como resultado de una patología contraída en el ejercicio de su actividad laboral.
- Enfermedad común: en este caso, se exige que la persona fallecida estuviera:
- Dada de alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social, o
- No estuviera de alta, pero hubiera cotizado al menos 15 años a lo largo de su vida laboral.
Por otro lado, para ser beneficiario o beneficiaria de la pensión de orfandad es necesario:
- Ser hijo o hija de la persona fallecida.
- Cumplir con alguna de las siguientes condiciones:
- Tener menos de 21 años.
- Tener entre 21 y 25 años, siempre que no se perciban ingresos por trabajo superiores al Salario Mínimo Interprofesional (15.876 euros anuales en 2025).
- Ser mayor de 21 años y tener reconocida una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
Cuantía de la pensión de viudedad
La pensión de orfandad en España se determina mediante las aportaciones realizadas por el trabajador fallecido y su empleador al régimen de la Seguridad Social. Generalmente, esta prestación se calcula como el 20% de la base reguladora de la persona fallecida, y si la muerte fue provocada por un accidente o enfermedad laboral, cada huérfano tiene derecho adicionalmente a una indemnización especial equivalente a una mensualidad de esta base reguladora.
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