
Madrid es, junto a Cantabria, la única Comunidad Autónoma que no tiene un régimen regulador del estatuto de sus expresidentes. Algo que el Gobierno regional de Isabel Díaz Ayuso quiere poner fin. Por eso, este jueves ha presentado el proyecto de decreto que pretende fijar las condiciones (recursos materiales y humanos e indemnizaciones económicas) que se reconocerán tanto a expresidentes como exconsejeros. En ningún caso, señalan desde el Ejecutivo, estos reconocimientos serán vitalicios. Tampoco tendrán carácter retroactivo, ya que solo se aplicarán a los presidentes o consejeros que cesen en sus cargos tras la entrada en vigor del decreto. Es decir, de momento solo se aplicaría a Ayuso.
Indemnización tras cese
El decreto fijará una compensación económica mensual de duración limitada, igual al tiempo desempeñado en el cargo y con un máximo de 24 meses, en iguales condiciones que la que perciben los ministros en el Gobierno Central tras el abandono del cargo. Es decir, un 80% de las retribuciones consignadas en los presupuestos para el presidente de la Comunidad de Madrid. Con los datos actuales, si Ayuso cesara hoy recibiría durante los dos próximos años unos 82.472 euros. La percepción de esta compensación conlleva incompatibilidades: quienes la cobren no podrán ejercer actividad pública o privada retribuida, percibir pensiones, o dietas por asistencia a órganos colegiados o de administración de organismos públicos o privados.
Vocal en la Comisión Jurídica Asesora
Los expresidentes de la Comunidad de Madrid que hayan ejercido el cargo durante un mínimo de dos años y hayan accedido a dicha responsabilidad al comienzo de la legislatura tendrán derecho a ser nombrados vocales electivos de la Comisión Jurídica Asesora. Podrán estar en este puesto, asesorando al Gobierno regional, durante seis años, pudiendo ser ampliado dicho periodo hasta un máximo de 12 años si hubiesen ejercido la presidencia más de cuatro años. Por su participación como vocales electivos no recibirán una retribución económica, pero sí una dieta por su participación en la Comisión y la asistencia a los plenos. Esa dieta será de 750 euros.

Tratamiento, asesores y chófer
Todos los expresidentes serán tratados de “Excelentísimo Sr./ Excelentísima Sra. y ocuparán en los actos el lugar protocolario siguiente a los miembros del Gobierno de la Comunidad”. Cuando hubieran ocupado el cargo durante un mínimo de dos años contarán, durante los dos años posteriores a su cese, con dos personas para el desarrollo de sus actividades institucionales y con los medios auxiliares y materiales necesarios en las dependencias de la Comunidad de Madrid. Asimismo, contarán con un servicio de coche con conductor. Cuando hubieran ocupado el cargo durante un tiempo superior a cuatro años, tendrán derecho a los medios anteriores durante los cuatro años posteriores a su cese.
Actividad institucional
De aplicación a todos los expresidentes de la Comunidad de Madrid, con independencia del momento en el que hayan ejercido el cargo: podrán usar las dependencias que la Comunidad de Madrid ponga puntualmente a su disposición para su actividad institucional como expresidente; contar con los servicios de atención protocolaria con ocasión de su participación en actos o reuniones; y ser resarcidos de los gastos derivados de su actividad institucional o de los servicios de representación que se les haya encargado.
Los exconsejeros
Los exconsejeros tendrán derecho también a una compensación económica igual al tiempo desempeñado en el cargo, pero con un máximo de 24 meses, en iguales condiciones que la que perciben los Secretarios de Estado en el Gobierno Central tras el abandono del cargo. Es decir, un 80% de las retribuciones consignadas en los presupuestos para el cargo de Consejero de la Comunidad de Madrid. La retribución, por tanto, a percibir por un exconsejero ascendería hoy a 88.054 euros.
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