Una notaria aclara qué hacer para cobrar una herencia cuando un heredero se hace “el muerto”: “La ley tiene un mecanismo para desbloquearla”

El Código Civil contempla un apartado para que los herederos se pronuncien al respecto

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La jueza Polanía fue absuelta
La jueza Polanía fue absuelta por buscar claridad cronológica en un caso que involucró derechos fundamentales - crédito Colprensa

Comprender el mundo de las herencias, a veces, puede resultar bastante complicado, siendo un mecanismo que implica muchas puntualizaciones legales. Este proceso, que inicia con el fallecimiento de una persona, da lugar a una serie de pasos y consideraciones que varían dependiendo del contexto que rodea a cada caso.

El testamento, los impuestos o las deudas son algunos de los condicionantes que pueden determinar cada caso. Por ese motivo, a la hora de afrontar este tipo de situaciones, lo mejor es contar con la ayuda de un experto en la materia.

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Uno de esos escenarios se produce cuando el heredero no aparece o se hace el muerto. Una notaria explica en la red social TikTok cómo actuar y qué se debe hacer en estos casos. La influencer (@notariabuendia) cuenta con 19.000 seguidores y con 83.000 me gusta entre todos sus vídeos gracias a sus consejos y a su conocimiento de la materia.

Fragmento del vídeo de TikTok.
Fragmento del vídeo de TikTok. (@notariabuendia)

“La ley tiene un mecanismo para desbloquearla”

Estas situaciones pueden ser tediosas y difíciles de llevar, sin embargo, la experta ha tranquilizado a los usuarios. “La Ley ha previsto un mecanismo ante notario que te permite desbloquear en ese momento cualquier herencia”, afirmaba tajantemente.

Si uno de los herederos no da señales de vida, no debes alarmarte. Gracias al uso del requerimiento del heredero del artículo 1005 que contempla el Código Civil, se va a poder arreglar la situación. Esta indica que, cualquier interesado, podrá instar al heredero a que se pronuncie sobre si acepta o no la misma. Esto incluye a los restantes co-herederos, herederos sucesivos, acreedores, deudores del causante, legatarios o el albacea.

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Se puede preguntar mediante notario, a través de un requerimiento al heredero o a los herederos que no han dado señales de vida y no quieren cooperar. A partir de ese momento, cuentan con un plazo de 30 días naturales, es decir, sin excluir festivos ni fines de semana, para responder.

Si no se manifestaran después de ese tiempo, la propia Ley determina que se tendrán por aceptantes de la misma. Esto supone una ventaja para todas las partes que participan en el proceso. Al obligar al heredero a tomar una decisión, se acelera el proceso sucesorio. Además, así se evita que, por ejemplo, las deudas queden en un limbo legal.

Hay en casos excepcionales en los que el recurso de los 30 días no es válido. Por ejemplo, si el heredero es menor de edad o sufre alguna discapacidad, hay medidas adicionales para proteger sus intereses. En el caso de que tenga menos de 18 años, tan solo responderá a la deuda con bienes de la herencia, en ningún caso con patrimonio propio. Por el contrario, si la persona sufre alguna discapacidad, dependiendo del grado de la misma, se aplicarán diferentes normas.

Pese a los excelentes consejos que da la influencer en sus vídeos, es recomendable contar con la ayuda de expertos en el caso de vivir una situación similar. Cada situación es diferente y en derecho cada caso tiene su complejidad.