Qué es el arraigo socioformativo con el que se puede obtener un permiso de residencia legal en España: sectores de alta demanda y 12 meses de permiso

La medida aprobada en 2024 permite a las personas beneficiarias trabajar a tiempo parcial

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Una mujer a las puertas de una oficina del SEPE y oficina de empleo de la CAM, a 2 de septiembre de 2021, en Madrid. (Alejandro Martínez Vélez/Europa Press)
Una mujer a las puertas de una oficina del SEPE y oficina de empleo de la CAM, a 2 de septiembre de 2021, en Madrid. (Alejandro Martínez Vélez/Europa Press)

El arraigo socioformativo es una de las vías por las cuales una persona en situación irregular en España puede obtener un permiso de residencia legal. Se trata de una autorización que permite a los extranjeros permanecer en el país mientras realizan estudios o formaciones que faciliten su inserción en el mercado laboral.

La medida emana del anterior permiso conocido como arraigo para la formación, implementado en España en agosto de 2022 y que buscaba responder a las necesidades del mercado de trabajo, promoviendo la cualificación profesional de los solicitantes y ajustándose a las disposiciones de la Reforma Laboral. En noviembre de 2024, tras la aprobación de un nuevo Reglamento de Extranjería, este permiso pasó a denominarse Arraigo socioformativo, con el fin de introducir mejoras y agilizar los tiempos de regulación.

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Según ha detallado Audiolís Formación, la medida se enmarca en un contexto de creciente demanda de mano de obra en sectores específicos, lo que ha llevado a las autoridades a priorizar la formación como herramienta para cubrir estas necesidades. Este enfoque también responde a la necesidad de garantizar que los inmigrantes puedan integrarse de manera efectiva en el tejido económico y social del país.

Requisitos y características del nuevo arraigo socioformativo

El arraigo socioformativo establece una serie de requisitos que los solicitantes deben cumplir para acceder al permiso de residencia. El primer requisito es haber permanecido de manera continuada en el país durante un período mínimo de dos años previos a la solicitud. Además, el solicitante no debe tener antecedentes penales (tanto en España como en los países de residencia anteriores) durante los últimos cinco años.

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Según indican los especialistas de Audiolís Formación, también deben demostrar un compromiso de formación, bien mediante la acreditación de la inscripción en un curso de formación o asumir el compromiso de hacerlo en un plazo de tres meses desde la concesión del permiso. Por último, hay que saber que esta medida está dirigida a ciudadanos de terceros países, es decir, de fuera de la UE.

España tiene un nuevo reglamento de extranjería con el que prevé regularizar a 300.000 migrantes al año: estos son los cambios en el arraigo, visados y asilo.

Las formaciones deben estar vinculadas a sectores con alta demanda laboral en España y pueden incluir certificados de profesionalidad, formaciones del Catálogo de Especialidades Formativas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o estudios de FP que habiliten para el ejercicio de una profesión.

El permiso inicial por arraigo para la formación tiene una duración de 12 meses. Puede ser prorrogado por otros 12 meses si la persona sigue cursando la formación requerida. Una vez finalizada, el extranjero podrá solicitar un permiso de residencia y trabajo si logra un contrato laboral relacionado con los estudios realizados. Asimismo, una de las mejoras que trae el arraigo socioformativo respecto a la anterior medida es que ahora sí permitirá a las personas beneficiarias trabajar a tiempo parcial y recibir un sueldo correspondiente al SMI.

Procedimiento de solicitud

El proceso para obtener este permiso se realiza a través de la Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia de residencia. Los pasos incluyen:

  1. Presentación del formulario oficial de solicitud (Modelo EX-10).
  2. Aportación de la documentación requerida, como pasaporte en vigor, certificado de antecedentes penales y justificante de inscripción en un curso de formación o compromiso de matriculación.
  3. Pago de la tasa administrativa correspondiente.
  4. Resolución de la solicitud en un plazo de hasta tres meses.

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