
Cuando un trabajador en situación de desempleo y que está cobrando el paro sufre un accidente o una enfermedad, también debe solicitar una baja médica. Pero, ¿qué pasa entonces con el dinero que estaba cobrando? La respuesta es que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) continúa abonando la prestación contributiva o el subsidio por desempleo mientras dure el periodo de percepción, esté o no de baja. Es decir, el diagnóstico médico no interrumpe ni modifica el importe de la prestación, y la persona sigue percibiendo la misma cantidad que recibiría si estuviera en búsqueda activa de empleo.
A su vez, el SEPE sigue cotizando a la Seguridad Social por el beneficiario del paro, asegurando que sus derechos a futuras prestaciones (como la jubilación) no se vean afectados. Durante los primeros 180 días de desempleo, se percibe el 70% de la base reguladora, mientras que a partir del día 181, este porcentaje baja al 60%.
Sin embargo, no todo son buenas noticias: aunque el trabajador esté de baja médica, su prestación sigue consumiéndose al ritmo habitual. La diferencia es que, mientras dure la baja, no será necesario renovar la demanda de empleo ni participar en cursos o entrevistas de trabajo, trámites que suelen ser obligatorios para demostrar que se está en búsqueda activa de empleo y conservar el paro.
En cualquier caso, el impacto de la baja médica en el desempleo varía dependiendo de si la incapacidad temporal se debe a contingencias comunes (enfermedad común o accidente no laboral) o contingencias profesionales (enfermedad profesional o accidente de trabajo). En el primer caso, seguirá cobrando su prestación por desempleo sin modificaciones hasta agotarla. Si al finalizar el paro sigue de baja, podrá solicitar una prestación por incapacidad temporal al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En las contingencias profesionales sufridas en el último empleo, antes de perderlo, la prestación por incapacidad temporal no consume el tiempo de paro acumulado. Durante la baja, la persona recibirá el mismo importe que su prestación contributiva.
Qué sucede cuando se agota el paro al estar de baja médica
Si una persona desempleada sigue en incapacidad temporal después de haber agotado su prestación, se aplican distintas reglas, también en función del tipo de incapacidad temporal. Si es por contingencias comunes, el SEPE deja de pagar el desempleo y el trabajador debe acudir al INSS para solicitar el pago de la prestación por incapacidad. Pero si es por contingencias profesionales, el trabajador continuará cobrando la misma cantidad que su prestación por desempleo hasta recibir el alta médica. Como no pierde los días de paro acumulados, podrá solicitarlos cuando termine su baja.
Otra situación es cuando la baja médica se origina como una recaída de una incapacidad temporal anterior iniciada durante un contrato laboral. En estos casos, al agotarse la prestación contributiva, el beneficiario sigue cobrando el mismo importe de su paro hasta el alta médica, sin reducción al 80% del IPREM.
Además, una vez que el trabajador reciba el alta, podrá solicitar el subsidio por desempleo si cumple los requisitos para acceder a él.
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