
La Seguridad Social cuenta con multitud de prestaciones económicas que tienen como objetivo principal ayudar a los españoles a mantener un buen nivel de vida. Dentro de estas ayudas, una de las menos conocidas es la prestación por hijo a cargo. Se trata de una “prestación no contributiva que concede una asignación económica por cada hijo o menor a cargo del beneficiario, menor de 18 años o mayor afectado por una discapacidad igual o superior al 65%”, según explican desde el organismo.
Esto también incluye a los huérfanos de ambos progenitores o adoptantes, menores de 18 años o mayores, con una discapacidad igual o superior al 65%. El abono se realizará sin pagas extraordinarias, cada seis meses (enero y julio) cuando se trate de menores de edad, y a mes vencido, en los casos de los mayores de edad que presenten dicho porcentaje de discapacidad.
Por su parte, los progenitores o adoptantes que tengan personas a su cargo menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33% también podrán solicitar esta prestación económica.
Requisitos para optar a esta ayuda
Pero estos no son las únicas condiciones que impone la Seguridad Social para tener derecho a esta ayuda. Además de deber tener a cargo a un menor o a un mayor de 18 años con discapacidad igual o superior al 65%, también se tiene que residir legalmente en España.
Por otro lado, otra condición es no superar la renta anual que establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado, es decir, 12.424 euros al año, aumentándose dicha cantidad en un 15% por cada hijo menor a cargo. En el supuesto de las familias numerosas, el límite de ingresos será de 18.699 euros anuales, incrementándose en 3.029 euros por cada hijo que se tenga a partir del cuarto. Por otra parte, por cada hijo con discapacidad, menor o mayor de edad, no se exigirá ningún límite de recursos económicos.
Por último, ni el padre o la madre o tutor legal puede tener derecho a prestaciones de la misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.
¿De cuánto es la ayuda?
Según aparece reflejado en la página web de la Seguridad Social, la cuantía se fijará dependiendo de si el beneficiario tiene uno o más menores a su cargo, el grado de discapacidad o si es mayor de edad con discapacidad. En este sentido, los hijos menores de 18 años que no presenten ninguna discapacidad, los padres o tutores recibirán una cuantía de 588 euros al año por hijo (49 euros al mes).

Por el contrario, los hijos menores de edad a cargo, con una discapacidad igual o superior al 33% recibirán 1.000 euros anuales (83,33 euros al mes). Los hijos mayores de 18 años y que presenten una discapacidad igual o inferior al 65% recibirán una bonificación de 5.805,60 euros al año (483,80 euros mensuales).
No obstante, si se trata de un hijo mayor de 18 años con discapacidad igual o superior al 75%, y que como consecuencia necesite de otra persona para realizar las funciones vitales más elementales (comer, vestirse, desplazarse…) el importe será de 8.707,20 euros anuales (725,60 euros al mes).
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