
La Audiencia Provincial de Madrid absolvió recientemente a dos mujeres, identificadas como Celestina y Constanza, quienes enfrentaban acusaciones por un presunto delito de estafa continuada. Según la sentencia emitida el 1 de marzo de 2024, no se pudieron demostrar los elementos esenciales para considerar los hechos como delito penal, dejando el caso en manos de la jurisdicción civil para resolver los posibles reclamos económicos.
El caso surgió a raíz de una deuda acumulada por ambas mujeres, quienes durante meses adquirieron décimos de lotería fiados en una administración ubicada en la calle Alcalá de Madrid. Los billetes, facilitados por el empleado de la administración, eran revendidos por las acusadas en la Puerta del Sol. La deuda total, que ascendió a 93.660 euros, tuvo que ser cubierta por la propietaria del local, fallecida durante el desarrollo del proceso judicial.
El papel de Teodosio
El empleado, identificado como Teodosio, declaró durante el juicio que fiar décimos era una práctica habitual en la administración, especialmente a clientes conocidos como las acusadas. Sin embargo, reconoció que no registraba estas operaciones en el sistema oficial de loterías, ni exigía garantías de pago. Pese a ser consciente de la creciente deuda, que ya superaba los 40.000 euros en noviembre de 2017, continuó entregando billetes tanto a las acusadas como a otras personas que ellas llevaban al local, muchas de las cuales eran desconocidas para el empleado.
Teodosio llevaba años trabajando en la administración y era conocido por fiar décimos a clientes habituales, una práctica que, según explicó, respondía tanto a la confianza que tenía en sus compradores como a la necesidad de mantener las ventas en niveles altos. Esta costumbre, común en muchas administraciones de lotería, se convirtió en el punto de origen de un problema económico significativo cuando las acusadas comenzaron a acumular deudas sin realizar los pagos correspondientes.
El tribunal no vio indicios de engaño
El tribunal determinó que, aunque hubo un incumplimiento en los pagos por parte de las acusadas, no se acreditó la existencia de un engaño premeditado por su parte. Este elemento es esencial para configurar el delito de estafa. Según la sentencia, la actuación del empleado, quien no tomó medidas para garantizar el cobro de los décimos, tuvo un papel crucial en el desenlace del caso.
La resolución también señaló que el empleado actuó de manera “aventurada”, entregando los billetes fiados sin registrar las operaciones ni identificar a todas las personas que participaban en la transacción. Estas irregularidades en la gestión de la administración contribuyeron significativamente a la situación de impago.
La justicia penal cierra el caso
La sentencia absuelve a Celestina y Constanza, reafirmando el principio de presunción de inocencia al no haberse demostrado la intención de engaño necesaria para sostener las acusaciones. No obstante, deja abierta la posibilidad de que los perjudicados presenten sus reclamaciones en el ámbito civil para recuperar el dinero adeudado.
Este caso pone en evidencia la importancia de implementar controles adecuados en la gestión de loterías, especialmente en transacciones que implican montos elevados. La falta de registros formales y la confianza excesiva en prácticas informales pueden derivar en problemas económicos y legales que afectan tanto a las administraciones como a los compradores.
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