
Con las vacaciones de verano también llegan los viajes. En estos casos, muchas son las personas que recurren a un coche de alquiler para planificar las vacaciones en el destino a disfrutar. Sin embargo, hay que tener en cuenta ciertas aspectos a la hora de usarlo. Por ejemplo, si recibimos una multa de tráfico.
Cada año la organización de defensa de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) formula cuales son son las principales causas de reclamación que interponen contra las empresas de alquiler de coches en defensa de los derechos de sus socios. Algunas de estas son la falta de información básica del contrato, los cobros indebidos en las tarjetas de crédito por daños no acreditados en el momento de devolver el vehículo y los gastos injustificados por la gestión de multas.
Respecto a la gestión de las multas, en 2016, el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao declaró nula la cláusula de cargo administrativo por gestión de multas incluida en las condiciones generales de contratación de Sixt Rent a Car, S.L. Esta decisión fue confirmada más tarde por la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Bilbao, en 2021. “No hay prestación por cumplir una obligación legal, la de comunicar a las autoridades de tráfico la identidad del conductor del vehículo que pudo cometer una infracción”, indicó la resolución.
Cargo administrativo por gestión de multas
La sentencia indica que “no hay prestación por cumplir una obligación legal”, refiriéndose a la obligación de las empresas de notificar a las autoridades de tráfico la identidad del conductor que pudo cometer una infracción. Según el artículo 11.1.a del Real Decreto Legislativo 6/2015, “el titular de un vehículo debe proporcionar a la Administración la identificación del conductor en el momento de cometerse una infracción”. La sentencia añade que cumplir con esta obligación legal no justifica la inclusión de un “cargo administrativo por gestión de multas” en las condiciones generales del contrato.
La resolución judicial también establece que la empresa solo necesita enviar un simple correo electrónico a la autoridad correspondiente para cumplir con esta obligación legal, y que esto no justifica un cobro tan elevado como los 39 euros que muchas empresas cobraban.

Según los servicios jurídicos de AEA, algunos cargos por cumplir con la obligación legal de identificar al conductor cuando se produce una infracción pueden superar los 60 euros por expediente sancionador. Los usuarios se sorprenden cuando semanas después de haber recibido el cargo en su tarjeta de crédito, reciben una carta de las autoridades de Tráfico o de los Ayuntamientos reclamándoles el pago de una sanción que creían ya habían pagado.
Mario Arnaldo, presidente de AEA, aseguró para AEAclub.org, la necesidad de poner fin a estas prácticas lesivas para los derechos de los automovilistas. Aunque algunas empresas de alquiler de coches ya han eliminado la cláusula que permitía el cobro por la gestión de multas, muchas otras aún la mantienen en sus condiciones generales. Por esta razón, Arnaldo anima a los usuarios afectados a presentar reclamaciones correspondientes.
Los conductores deben revisar minuciosamente las cláusulas de los contratos de alquiler y estar atentos a cualquier cobro indebido relacionado con la gestión de multas. Si detectan cualquier irregularidad, tienen derecho a reclamar y exigir la devolución de las cantidades cobradas injustificadamente.
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