
Este martes la Policía Nacional ha detenido a Nacho Cano, productor musical y antiguo miembro de ‘Mecano’, por presuntamente contratar a inmigrantes en situación irregular para su musical ‘Malinche’ en Madrid, estrenado en 2022. Al momento fue puesto en libertad y ahora le queda esperar a recibir la citación judicial del juzgado que investiga los hechos.
Cano está acusado de un presunto delito contra los derechos de la población inmigrante y otro contra los derechos de los trabajadores y junto a él se ha detenido a una mujer, que supuestamente estará relacionada con los hechos y que tendría relación con el productor teatral. Las detenciones se han producido después de que varios trabajadores hayan denunciado presuntas irregularidades en sus contrataciones.
Hasta que no se lleve a cabo la investigación judicial y no se esclarezca lo ocurrido, no se podrá saber si el productor ha incurrido en algún delito. De haberlo hecho estaría vulnerando la ley española en la que se establecen una serie de penas económicas e incluso penales.
Condenas por contratar migrantes en situación irregular
Contratar a migrantes en situación irregular en España es un delito que puede resultar en severas sanciones penales y económicas. Esta práctica constituye una infracción tanto contra los derechos de los inmigrantes como de los trabajadores, y está regulada por la Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.
Desde el año 2000, el Código Penal español incluye el título XV bis, que abarca los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. Además, el artículo 312 ha sido modificado y es el que trata sobre los delitos contra los derechos de los trabajadores.
El artículo 311 del Código Penal especifica que quienes impongan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante la contratación sin contrato de trabajo, o quienes mantengan estas condiciones en violación de requerimientos o sanciones administrativas, pueden enfrentarse a penas de prisión de seis meses a seis años y multas de seis a doce meses. También se penaliza a aquellos que den empleo a varios trabajadores sin inscribirlos en el régimen de la Seguridad Social o sin autorización de trabajo.
Las sanciones varían según el tamaño de la empresa. Por ejemplo, si al menos el 25% de los empleados no están registrados en empresas con más de 100 trabajadores, o el 50% en empresas con entre 10 y 100 empleados, las penas incluyen prisión y multas. Para empresas más pequeñas, la totalidad de los trabajadores deben estar legalmente registrados para evitar sanciones.
El artículo 311 bis añade que los empleadores que repetidamente contraten a extranjeros sin permiso de trabajo pueden enfrentar penas de prisión de tres a 18 meses, o multas de 12 a 30 meses, a menos que otra disposición del Código Penal imponga una pena más grave.
El artículo 312 del mismo código detalla que quienes trafiquen ilegalmente con mano de obra pueden ser castigados con penas de prisión de dos a cinco años y multas de seis a doce meses. También se contemplan sanciones para quienes empleen a extranjeros sin permiso de trabajo bajo condiciones que perjudiquen sus derechos legales.
En cuanto a los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, el artículo 318 bis establece penas para quienes ayuden a una persona que no sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea a permanecer en España de forma ilegal. Las penas incluyen prisión de tres meses a un año, o multas de tres a 12 meses. Además, los organizadores de estas actividades pueden enfrentar sanciones más severas.
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