
Es inevitable que cuando se conduce por las carreteras españolas te acabes encontrando con un radar. Actualmente hay en el territorio nacional más de 1.300 dispositivos, encargados de medir la velocidad de los conductores, y en caso de sobrepasar la máxima establecida, registrar la infracción.
Según explica la DGT, dos de cada tres infracciones de tráfico en España (el 67%) tienen que ver con exceso de velocidad. Esto demuestra que tarde o temprano todos nos vamos a enfrentar a una sanción de este tipo. Sin embargo, el problema está, en que muchas veces no vamos a ser conscientes de haber cometido este fallo, o no estamos seguros, ya que no funciona como otros tipos de infracciones, que se comunican en el momento.
Formas de recibir una multa
La forma más habitual que tiene la DGT de notificar estas multas es mediante el correo certificado, en el domicilio del infractor. En caso de no poder localizar al conductor responsable, la sanción se hará pública en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico de la DGT (TESTRA) y en el Tablón Edictal Único del BOE (TEU), con lo que se garantiza la visibilidad de la infracción a pesar del cambio de domicilio o ausencia del individuo.
Con las nuevas tecnologías existen nuevos procedimientos, como el de La Dirección Electrónica Vial (DEV), que permite recibir las notificaciones por correo electrónico y mensaje SMS. Otra herramienta disponible es la aplicación móvil miDGT, accesible para sistemas iOS y Android, que también notifica sobre nuevas multas.
Plazos para recibir la multa
No existe un plazo fijo para recibir la multa, pero si se puede hacer una aproximación. En el caso que sea la DGT la encargada del trámite, las multas suelen llegar al domicilio del infractor en un periodo comprendido entre una y dos semanas. Por otro lado, si la multa es emitida por un ayuntamiento, el tiempo de espera puede extenderse hasta 30 días.
Lo que si es importante saber, es que las infracciones tienen un plazo de prescripción, por lo que en el caso de no ser notificada en dicho período, desaparecerá. Las infracciones leves, aquellas cuyo monto es menor a 100 euros, prescriben a los tres meses y las graves a los seis meses.
¿Cuándo se puede recurrir una multa?
La posibilidad de recurrir una multa impuesta por un radar de velocidad existe en algunos casos específicos. El primer paso consiste en examinar detenidamente la denuncia para verificar la exactitud de los datos proporcionados, tales como el día y la hora de la infracción, la velocidad a la que se circulaba y la matrícula del vehículo. Si alguno de estos detalles es incorrecto, se puede iniciar el proceso de recurso.
Además de los errores en los datos de la denuncia, hay otros supuestos que pueden llevar a la anulación de la multa. Uno de ellos es el margen de error del radar, que puede variar entre 3 y 7 km/h o entre el 3% y el 7%, dependiendo del tipo de radar empleado y de la velocidad máxima permitida en la carretera.
Otro factor que puede ser motivo de recurso es la contradicción entre el radar y las señales de tráfico existentes en la zona. Adicionalmente, el estado del radar es crucial; si la revisión del dispositivo no está actualizada, la infracción podría ser anulada debido a la falta de fiabilidad del equipo.
En el caso de los radares fijos sin operador que emiten multas basadas en fotografías, es necesario que la infracción esté documentada con al menos dos imágenes: una panorámica y otra que muestre claramente la matrícula del vehículo.
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