
Francisco Nicolás Gómez Iglesias, popularmente conocido como ‘El Pequeño Nicolás’, ha sido absuelto por el Tribunal Supremo, de su condena a tres años de prisión, por haberse hecho pasar por un enlace del Gobierno y la Casa Real en un viaje a Ribadeo (Lugo) en agosto de 2014. La Audiencia Provincial de Madrid ya lo había condenado por este mismo motivo en 2021, en el que se le acusaba de delitos de usurpación de funciones públicas y cohecho activo.
Así lo ha dictaminado la Sala Segunda del alto tribunal, que considera que pese a que Gómez se hiciera pasar por enlace entre la Vicepresidencia del Gobierno y la Casa Real, se trataba de “una comida sin contenido político o económico que no encaja en el concepto de acto oficial y se decía ostentar un cargo inexistente”. Estos hechos, según el Tribunal Supremo, no suponen un delito de usurpación de funciones públicas, ya que, según indican, “se realizó un simple acto de jactancia, atípico penalmente”. La Audiencia Provincial de Madrid ya impuso la condena de tres años de cárcel por esto mismo en 2021.
PUBLICIDAD
El 13 de agosto de 2014, el pequeño Nicolás se presentó en Ribadeo para comer en el restaurante San Miguel con el presidente de Alsa, Jorge Cosmen, suplantando a un enlace entre Vicepresidencia del Gobierno y la Casa Real. Según el relato del juez, el pequeño Nicolás se puso en contacto con los dos policías locales, alquiló cuatro vehículos de alta gama con sus respectivos conductores y falsificó dos acreditaciones del Ministerio del Interior para dos de esos vehículos.
Te puede interesar: “Queremos encontrarla y saber la verdad”: habla la familia de Ana María Henao, la empresaria atacada por su marido en Madrid
Además, el Supremo también absuelve a Jorge González Hormigos, el policía local que fue condenado por acompañar y escoltar a Gómez Iglesias en dicho viaje. El agente recibió dinero de Gómez por este servicio, ajeno a su cargo. “No es constitutivo de delito de cohecho, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar en el ámbito administrativo”, han explicado los magistrados.
PUBLICIDAD
El Supremo no ve delito
Al tratarse de una única vez, los hechos “carecían de la nota de pluralidad que demanda el artículo 402 del Código Penal”, según explica el diario El Español, que ha tenido acceso a la sentencia. Este artículo explica que aquella persona que ejerce actos haciéndose pasar por una autoridad o funcionario, será penado con entre uno y tres años de prisión. Sin embargo, han determinado que “no hubo compromiso alguno para la función pública”, y por tanto, no hubo “afectación alguna del bien jurídico protegido por el delito de cohecho”.
Después de que la Audiencia Provincial de Madrid condenara a Gómez Iglesias por estos hechos, su defensa acudió al Supremo al considerar que el tribunal de la capital vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva, su derecho a la presunción de inocencia, la inviolabilidad de su domicilio, su intimidad personal y virtual y el principio de proporcionalidad.
PUBLICIDAD
En el recurso, la defensa insistía que el joven “disfrutaba de una mariscada con un empresario, al cual había trasladado que era un enlace entre Vicepresidencia del Gobierno y Casa Real --cargo inexistente--, y con el fin de impresionarle contrató vehículos de alta gama y personal de seguridad que reforzasen la imagen de ser alguien importante, sin que conste que le solicitase ni plantease nada con razón de su ficticio cargo”.
Te puede interesar: La Guardia Civil no ve delito en la actuación de Begoña Gómez tras la denuncia de Manos Limpias
Tras la absolución conocida este miércoles, ‘el pequeño Nicolás’ todavía tiene pendiente otras dos sentencias que aún no son firmes. La condena de cuatro años en bases de datos policiales; y la condena de tres años y cinco meses por hacerse pasar por un miembro del Gobierno en la compraventa de la finca de ‘La Alamedilla’.
PUBLICIDAD
Sin embargo, en la actualidad, Gómez Iglesias no cumple pena de cárcel. En diciembre de 2023 fue condenado por el Supremo por falsificar un DNI para que un amigo hiciera la Selectividad por él. Pese a que la condena era de un año y nueve meses, no ingresó en prisión porque la pena era menor a dos años. Al conseguir la absolución por el ‘caso Ribadeo’, podrá seguir en libertad.
* Con información de EFE
Últimas Noticias
El incendio forestal de Niebla en Huelva ya afecta a 8.000 hectáreas mientras 467 personas siguen desalojadas
El dispositivo de extinción desplegado prioriza proteger los núcleos habitados amenazados por el avance de las llamas

El expríncipe Andrés tendrá un polémico funeral real pagado con dinero público cuando muera: “¿Qué mensaje enviaría algo así a las víctimas de Epstein?"
El organismo que se encarga de preparar las exequias de la familia real mantiene en su lista al hermano pequeño del rey Carlos III, lo que ha levantado multitud de críticas
La experiencia de los primeros viajeros italianos que se encontraron con controles al aterrizar en Barcelona: “Creo que España ha respondido de manera correcta”
La respuesta española a los controles impuestos por Italia deja una escena poco habitual en los aeropuertos españoles, con viajeros haciendo cola para identificarse nada más bajar del avión dentro del espacio Schengen

Si tienes las persianas sucias, esta es la mejor solución: solo necesitas vinagre y jabón negro
Los expertos señalan que se suele cometer un error siempre que se pretenden limpiar las persianas: usar agua de primeras

Salsa de cebolla: una receta sencilla y llena de sabor para acompañar carnes, pescados y verduras
Un complemento cremoso con el que puedes elevar el nivel de tus platos


