
Llegó el día que los contribuyentes esperaban: la Agencia Tributaria ha comenzado este miércoles 3 de abril con la campaña de la declaración de la Renta 2023-2024 en España. Esta será una de las más largas de los últimos años, ya que no finalizará hasta el próximo 1 de julio. Así, ya está abierto el plazo para rendir cuentas con Hacienda de forma online, que concluye el 26 de junio. Todos los que tengan la obligación de presentar el borrador, disponen de cerca de tres meses para completarlo y, si el resultado es favorable, algunos trabajadores podrán cobrar entre 400 y 900 euros.
Ya es posible descargar los datos fiscales y realizar el borrador de la declaración de la Renta a través del simulador que está disponible en la página web de la administración pública gestionada por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, liderado por María Jesús Montero. De esta forma, se puede comprobar si Hacienda tendrá que pagar al contribuyente o si, por el contrario, es este el que debe realizar un pago a la entidad.
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La declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a la Agencia Tributaria se puede llevar a cabo por tres vías distintas: a través del programa Renta Web, accesible en su sede electrónica, y para el que hay que contar con certificado electrónico, DNI electrónico o estar dado de alta en el sistema Cl@ve; haciendo uso del servicio telefónico o de manera presencial, tras pedir cita previa para realizar este trámite con un técnico de Hacienda.
Las fechas más importantes de la campaña de la Renta 2024

Los contribuyentes que tengan que presentar la declaración de la Renta a partir del 3 de abril, relativa al ejercicio fiscal de 2023, deben tener en cuenta que estas son las fechas clave de una campaña que se extenderá hasta el 1 de julio:
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- 3 de abril. Ya se puede solicitar el borrador y presentar la declaración de forma online.
- 7 de mayo. Empieza el plazo para hacer la declaración por teléfono.
- 25 de mayo. Es posible pedir cita previa y realizar la declaración de manera presencial.
- 3 de junio. Arranca el periodo para presentar la declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria o entidades colaboradoras.
- 26 de junio. Es el último día para hacer la declaración online, siempre y cuando el resultado sea a ingresar con domiciliación en cuenta. También termina el plazo para hacerla por teléfono o presencial.
- 1 de julio. Finaliza la campaña de la Agencia Tributaria de 2024.
Quiénes tienen que hacer la declaración de la Renta 2024
La Agencia Tributaria ha establecido que todos los ciudadanos que hayan obtenido unos ingresos superiores a 22.000 euros durante el último ejercicio fiscal con un solo pagador están obligados a presentar la declaración de la Renta. Este umbral se reduce a 15.000 euros para aquellos con dos o más pagadores. Además, también deben cumplir con esta obligación los siguientes:
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- Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
- Aquellas personas que hayan percibido más de 1.000 euros provenientes de rentas inmobiliarias, subvenciones y letras del Tesoro.
- Quienes recibieron más de 1.600 euros en rendimientos del capital mobiliario, actividades económicas y ganancias patrimoniales.
- Las personas que registraron pérdidas patrimoniales mayores a 500 euros.
- Los trabajadores autónomos que hayan obtenido más de 1.000 euros en actividades económicas o rentas inmobiliarias.
Los trabajadores a los que Hacienda les pagará entre 400 y 900 euros
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha anunciado que devolverá entre 400 y 900 euros a los contribuyentes con ingresos anuales de entre 22.000 y 35.200 euros durante el último año. Esta medida, dirigida a aliviar la carga fiscal de los ciudadanos dentro de ciertos umbrales de ingresos, surge como resultado de una modificación en el Reglamento del IRPF efectuada en 2022 por el Ministerio de Hacienda.
El objetivo de esta decisión es una reducción fiscal en las retenciones del IRPF, aplicada por las empresas sobre los salarios de sus empleados. Al ajustarse a la baja, se genera un excedente que debe ser devuelto al contribuyente. De esta forma, los individuos sin cargas familiares que se acerquen al límite superior de ingresos de 35.200 euros serán los menos beneficiados por esta medida. También aquellos con cargas y con ingresos próximos al umbral inferior de 22.000 euros podrían verse más perjudicados.
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