El testamento es una pieza prácticamente crucial para desgranar cualquier herencia, tanto en España como en el resto del mundo. La persona causante suele utilizar este escrito para manifestar cómo quiere que se haga la distribución de los bienes y propiedades que le pertenecen, asegurando que se cumplan sus voluntades sin demasiados conflictos. El testamento puede optimizar la gestión de la herencia desde el punto de vista fiscal, puesto que existen ciertas disposiciones para reducir los impuestos que tienen que pagar los herederos. Sin embargo, cada vez son más los ciudadanos que tiran de superstición y prefieren no organizar con demasiada antelación el reparto de su legado.
Los trámites para cobrar una herencia no son para nada sencillos. En este sentido, el testamento no solo supone un ahorro de tiempo y trámites para los herederos, sino que también evita problemas y deja claras las últimas voluntades de la persona causante. Los familiares pueden recibir igual su parte correspondiente de la herencia sin necesidad de presentar este documento, no obstante, el proceso suele durar más de lo habitual. La sucesión legítima entra en juego cuanto el reparto de la herencia no consta por escrito. En estos casos, los familiares tienen que reunir una serie de documentos, sin los que es prácticamente imposible poner en marcha el resto de las diligencias.
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El certificado de últimas voluntades es fundamental para poder solicitar la parte correspondiente de una herencia. Este documento no es obligatorio, pero sirve para demostrar que una persona hizo el testamento y también prueba ante qué notario lo firmó. Los herederos pueden reclamar el escrito tanto en las oficinas como en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, pero el proceso no sale gratis. La expedición del certificado de últimas voluntades tienen un coste y los demandantes tendrán que abonar la tasa correspondiente en su entidad bancaria.

¿Cómo pedir el certificado de últimas voluntades?
El certificado de últimas voluntades comprende todos los testamentos de la persona causante, aunque solo será válido el más reciente de ellos. Los herederos podrán utilizar este documento para pedir una copia del testamento y hacer uso de la misma en cualquier fase del proceso sucesorio. El certificado de últimas voluntades es requisito sine qua non para todos los trámites propios de una herencia. En caso de que el fallecido no hubiera consignado ningún testamento, los familiares deben tramitar una declaración de herederos ab intestato para determinar quién tiene derecho a recibir su legado.
Este documento se puede expedir en el Ministerio de Justicia, tanto en las delegaciones territoriales como a través del correo electrónico y mediante su sede electrónica. Los interesados solo tienen que rellenar el modelo 790, disponible en la página web del organismo. El coste del certificado de últimas voluntades puede cambiar en función del momento en que se realiza la solicitud. El importe actual de la tasa es de 3,78 euros para las solicitudes online y de 4,14 euros para las físicas. Las cuotas, no obstante, están sujetas a posibles actualizaciones. El plazo para recibir el documento suele ser de cinco días hábiles, aunque en algunos casos puede demorarse hasta un máximo de dos semanas.
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