Los métodos para no arruinarse al recibir una herencia con deudas

Heredar a beneficio de inventario es una opción para no tener que asumir todas las deudas que deja un fallecido

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Una herencia envenenada no es solo una frase hecha de políticos de turno al llegar al poder. También puede ser una realidad civil que los ciudadanos con mala suerte pueden recibir. Porque heredar no comprende solo quedarse con los bienes del finado, sino también asumir las deudas que hayan generado. Y hay casos sangrantes de gente generando deudas que les sobreviven al momento final.

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Pero una herencia con deuda no tiene que ser una maldición, hay maneras de evitar arruinarse en el proceso o al menos no tener que pagar más dinero del que se hereda.

Se puede, por descontado, renunciar a la herencia. Es un proceso sencillo y cuando la carga va a ser mayor que la ganancia, es incluso lógico. Es algo que se puede hacer con una simple visita a la notaría, aunque si se prefiere también se puede optar por un camino largo y acudir a los juzgados.

Renunciar es una opción, pero no la única, porque también se puede aceptar la herencia a beneficio de inventario, es decir que solo tendrá que asumir la deuda que la propia herencia pueda pagar, en ningún caso con su patrimonio personal.

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Esta es una provisión del artículo 1023 del Código Civil en la que se establece que el beneficiario de la herencia “no quedará obligado a pagar las deudas y demás cargas de la herencia sino hasta donde alcancen los bienes de esta”. En este caso había que hacer un inventario tanto de las deudas contraídas como de los bienes, para saber hasta que punto estas cubren las primeras.

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Cualquier heredero tiene el derecho hacerlo, incluso si el finado ha puesto en su testamento lo contrario. Y es bastante sencillo realizarlo, en el momento que el heredero vaya al notario para aceptar su herencia bastara conque manifieste que la aceptación de la misma se realizará a beneficio de inventario y aportará el inventario de bienes y deudas conocidos.

En todo caso es necesario recordar que cuando se hereda una vivienda también se asumen los pagos pendientes que tenga el inmueble: hipotecas, contribuciones, cuotas de la comunidad... de hecho uno de los motivos más habituales de renuncia de una herencia es este mismo, que las deudas contraídas son mayores que las ganancias que puede provocar un determinado bien. Además, si se acepta la herencia sin más, sin la especificación de que se hace a beneficio de inventario, el patrimonio personal queda expuesto y por lo tanto habrá que cubrir todas las deudas incluso con dinero más allá de la herencia.

Lo que no cambia en este tipo de testamentaría es el pago del impuesto de sucesiones. Como ocurre siempre, se ha de efectuar en los siguientes seis meses tras la defunción, aunque si el importe es grande y no se puede asumir se puede aplazar hasta cinco años.

No es posible asumir solo los bienes de una herencia, las deudas forman parte de la vida y también de la herencia, pero al menos se pueden limitar los daños para que la transacción no hunda entero también la economía de los herederos.