
La cuota de autónomos es un pago que los trabajadores por cuenta propia realizan al sistema de la Seguridad Social para tener derecho a los mismos servicios y prestaciones que el resto de empleados. Los principales afectados llevan años quejándose de las altas tasas que tienen que abonar. El pasado mes de enero, el Gobierno de coalición puso en marcha una tarifa plana de 80 euros para nuevos autónomos, con el objetivo de reducir los costes que supone darse de alta e incentivar el autoempleo.
Para solicitar esta cuota reducida, los trabajadores deben demostrar que no han estado dados de alta en los dos últimos años, que se amplían a tres en caso de haber disfrutado previamente de esta deducción. Asimismo, no pueden ser autónomos colaboradores y tampoco se les permite tener deudas pendientes de resolver con Hacienda o con la Seguridad Social. Esta rebaja sólo está disponible, en un principio, durante los 12 primeros meses de actividad en el RETA.
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Las comunidades en las que los autónomos no pagan cuota
Las bonificaciones en la cuota de autónomos alcanzan el 100% en algunas comunidades, que tendrán tarifa cero durante los dos próximos años. Los trabajadores por cuenta propia que emprendan por primera vez no pagarán nada durante los 24 primeros meses de actividad. Las regiones en las que la cuota de autónomos será gratuita en el período correspondiente son Andalucía, Murcia y la Comunidad de Madrid.
Además, en las Islas Baleares también se ha aprobado una medida similar, que contempla las cuotas cero para las mujeres emprendedoras y los autónomos menores de 35 años, también durante los dos primeros años de actividad. Lo mismo ocurre en La Rioja, aunque en este caso el período de deducciones se limita únicamente al primer año de alta en el RETA.
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De todos modos, para tener acceso a la cuota de autónomos gratuita en cada una de las cinco comunidades autónomas que aplican bonificaciones es necesario cumplir con una serie de requisitos. Los trabajadores no pueden haber estado dados de alta como autónomos en los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud, tampoco como colaboradores. Asimismo, no pueden encontrarse en situación de pluriactividad y deben estar dados de alta en la cuota reducida de 80 euros que lanzó hace meses el Gobierno. Por último, igual que ocurre con cualquier otro trámite de estas características, los beneficiarios que tengan deudas pendientes con la Agencia Tributaria o con la Seguridad Social tienen prohibido el acceso a esta deducción.
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