El Gobierno modifica el Estatuto Electrointensivo para duplicar las empresas beneficiarias

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Madrid, 13 jun (EFECOM).- El Gobierno ha aprobado este martes la modificación del Estatuto de los Consumidores Electrointensivos para aumentar el número de empresas que pueden beneficiarse de esta denominación, de modo que pasarán de 612 a 1.180 compañías, esto es, casi el doble.

Según ha explicado la ministra portavoz, Isabel Rodríguez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, con esta decisión se amplía el catálogo de las ramas económicas que pueden acogerse a esta figura, especialmente en el ámbito de la industria extractiva y de los sectores manufactureros.

Además, se modifican los requisitos de consumo energético a fin de permitir que estas empresas sean elegibles en convocatorias dirigidas a consumidores electrointensivos.

Esta denominación, con la que se compensa y protege a las empresas industriales por el coste del suministro eléctrico, ha sido "especialmente importante en los momentos más críticos" de la crisis energética, ha destacado la ministra.

LAS NOVEDADES DEL ESTATUTO

El Estatuto regula dos mecanismos de mitigación de los costes energéticos.

Por un lado, la compensación de los costes derivados de la financiación del apoyo a la energía procedente de fuentes renovables, cogeneración de alta eficiencia y del extracoste de generación en territorios no peninsulares.

Estos costes se financian a través de los cargos de la factura eléctrica.

Por otro, el mecanismo de cobertura de riesgos derivados de la adquisición de energía eléctrica a medio y largo plazo por consumidores electrointensivos, a través del Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas (Fergei).

Las modificaciones afectan tanto a la caracterización del consumidor electrointensivo que realiza el Estatuto como al primero de los mecanismos de mitigación.

En cuanto a los sectores subvencionables, se amplía el catálogo y sectores que se pueden acoger a esta figura, como las industrias extractivas (excepto la extracción de hulla, antracita y gas natural) y sectores manufactureros, para fomentar la disponibilidad autóctona de materias primas.

Las nuevas directrices europeas modifican a la baja el valor de la intensidad de uso de la electricidad, fijándolo en el 5 % en lugar del 10 % anterior.

Del mismo modo, se establece la obligación de realizar las inversiones en eficiencia energética económicamente rentables, conforme a la normativa comunitaria.

También se modifica la metodología para el cálculo de la ayuda, ya que las directrices distinguen entre sectores "en riesgo significativo" de deslocalización, y sectores "en riesgo".

La intensidad de ayuda máxima para los sectores "en riesgo significativo" de deslocalización se mantiene en el 85 % de los costes subvencionables, mientras que para los sectores "en riesgo" es del 75 % (puede llegar al 85 % si se cumplen ciertas condiciones).

Adicionalmente se añade la posibilidad de conceder una ayuda por encima del 85 % a aquellas instalaciones especialmente electrointensivas bajo ciertas condiciones.

En caso de que un consumidor electrointensivo pierda su certificación por incumplimiento de los requisitos, podrá solicitar una nueva cuando haya transcurrido un año.

Finalmente, se ha modificado el umbral mínimo de la proporción del consumo anual de electricidad que debe ocurrir durante las horas valle.

Así, el nuevo requisito se fija en el 46 %, menos exigente que el 50 % anterior, si bien se suspende su exigencia respecto al consumo del 2022.

Este cambio del Estatuto busca reforzar las ayudas a los sectores industriales que ya cuentan con una nueva convocatoria de ayudas para compensar las emisiones indirectas de dióxido de carbono (CO2) dotada con 244 millones de euros, además de otros beneficios fiscales para paliar los efectos de la pandemia y de la guerra de Ucrania. EFECOM

smv/sgb