Sneyder Pinilla se quedará en La Picota: juez negó tutela con la que buscaba regresar a una guarnición militar para cumplir condena por el caso Ungrd

El exsubdirector de la entidad alegaba riesgos para su vida e integridad física, por lo que solicitó dejar sin efecto su traslado al centro penitenciario

Defensas de Sneyder Pinilla y Olmedo López rechazan implicación de nuevos involucrados en escándalo de corrupción - crédito Colprensa
El juzgado determinó que no se acreditó una amenaza concreta contra la vida o integridad del exfuncionario ni se aportaron pruebas suficientes que respaldaran los riesgos expuestos en la tutela - crédito Colprensa
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Sneyder Pinilla, exsubdirector de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), continuará recluido en la cárcel La Picota, en Bogotá, luego de que la justicia negara la tutela que interpuso para regresar a una guarnición militar. La solicitud buscaba dejar sin efecto su traslado al establecimiento penitenciario y obtener nuevamente condiciones de reclusión distintas a las que tiene actualmente.

La decisión fue adoptada por el Juzgado 46 Penal de Bogotá, que declaró improcedente el recurso presentado por el exfuncionario. En la acción constitucional, Pinilla solicitó la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso administrativo, la seguridad personal, la vida y la integridad física, al considerar que su permanencia en un centro carcelario representaba riesgos para sus garantías.

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Sin embargo, en el fallo de primera instancia, notificado recientemente, el despacho concluyó que no se acreditó una vulneración de los derechos invocados. También señaló que el traslado a La Picota se efectuó con autorización de las autoridades administrativas que tienen competencia para tomar decisiones sobre la ubicación de las personas privadas de la libertad.

Las razones del juzgado para negar la tutela

Un martillo de madera descansa sobre una base redonda encima de un escritorio dentro de una sala judicial vacía.
La decisión señala que el traslado de Pinilla a La Picota se realizó con autorización de las autoridades administrativas competentes para disponer la ubicación de las personas privadas de la libertad - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

Entre los argumentos expuestos en la providencia, el juzgado indicó que los elementos presentados por Pinilla no permitían establecer la existencia de una amenaza concreta contra su vida o integridad física. En ese sentido, cuestionó que los motivos expuestos para solicitar su regreso a una instalación militar estuvieran sustentados en circunstancias que no demostraban un riesgo directo para el exfuncionario.

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Al referirse a los argumentos de la acción constitucional, el despacho señaló: “La solicitud de amparo no se evidencia la existencia concreta de una amenaza contra la vida o integridad del procesado”.

Asimismo, el documento judicial agregó: “Llama la atención que la solicitud se base sobre dos supuestos que nada tienen que ver con el procesado, o sobre supuestos como el encontrarse con personas procesadas en el mismo caso”.

Sobre estos planteamientos, el juzgado sostuvo que no encontró respaldo probatorio suficiente para justificar la protección solicitada. En particular, indicó que los escenarios mencionados por el accionante no estaban acompañados de elementos que permitieran establecer una amenaza verificable contra sus derechos fundamentales.

El Juzgado 46 Penal de Bogotá declaró improcedente la tutela presentada por Sneyder Pinilla, con la que buscaba regresar a una guarnición militar y dejar sin efecto su traslado a la cárcel La Picota - crédito Rama Judicial
El Juzgado 46 Penal de Bogotá declaró improcedente la tutela presentada por Sneyder Pinilla, con la que buscaba regresar a una guarnición militar y dejar sin efecto su traslado a la cárcel La Picota - crédito Rama Judicial

Otro de los puntos examinados por el despacho estuvo relacionado con el principio de confianza legítima y las diferencias entre las medidas adoptadas durante el proceso penal y las decisiones administrativas sobre el lugar de reclusión.

Al respecto, el fallo manifestó: “De las pruebas documentales aportadas se tiene que no es viable argumentar una violación al principio de confianza legítima (...) y mucho menos pretender extender o confundir la ejecución de la pena de prisión con las medidas cautelares decretadas en el marco del proceso penal, como lo pretende hacer ver el accionante”.

La decisión también explicó que las valoraciones de riesgo realizadas anteriormente por jueces y fiscales no necesariamente debían aplicarse a las autoridades administrativas encargadas de determinar los traslados de las personas privadas de la libertad.

De la guarnición militar a la cárcel La Picota

El presidente Abelardo de la Espriella compartió desde su cuenta de X el marte 6 de octubre la grabación en la que se observan al exdirector de la Ungrd, Olmedo López; y el exsubdirector de Manejo de Desastres, Sneyder Pinilla, encadenados de pies y manos - crédito @ABDELAESPRIELLA/X

Sneyder Pinilla permaneció inicialmente en el Cantón Militar Caldas, donde fue recluido en agosto de 2024, y posteriormente fue trasladado al Centro de Reclusión Militar del Batallón de Artillería, en Bogotá. Su permanencia en instalaciones militares estuvo relacionada con la necesidad de proteger su vida e integridad física, ante los riesgos asociados con su participación en las investigaciones por el entramado de corrupción en la Ungrd.

No obstante, el 4 de octubre se ordenó su traslado a la cárcel La Picota, por instrucción del presidente Abelardo de la Espriella. El movimiento se realizó para que el exfuncionario continuara cumpliendo la pena de prisión impuesta por la justicia.

El cambio de lugar de reclusión motivó la presentación de la tutela que ahora fue declarada improcedente. La decisión es de primera instancia, lo que significa que la determinación aún puede ser objeto de impugnación, de acuerdo con los mecanismos previstos para este tipo de decisiones judiciales.

La condena de Pinilla y su colaboración con la Fiscalía

- crédito Catalina Olaya/Colprensa
El exfuncionario mantiene un principio de oportunidad con la Fiscalía General de la Nación, mecanismo que le permite colaborar con la justicia y aportar información contra otros implicados en el entramado de corrupción - crédito Catalina Olaya/Colprensa

La situación judicial del exsubdirector de la Ungrd también está relacionada con la condena que recibió en abril de 2025. En ese momento, el Juzgado 10 Especializado de Bogotá lo sentenció a cinco años y ocho meses de prisión, después de que suscribiera un preacuerdo con la Fiscalía General de la Nación y aceptara su responsabilidad en los delitos de concierto para delinquir agravado y peculado por apropiación.

La investigación está vinculada con el entramado de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, en el que se identificaron presuntas irregularidades en el direccionamiento de contratos y el desvío de recursos públicos destinados a la gestión del riesgo de desastres en el país.

Pese a la condena, Pinilla mantiene un principio de oportunidad con la Fiscalía, mecanismo mediante el cual ha colaborado con las autoridades judiciales y ha entregado información sobre otros involucrados en el caso. Su participación lo ha convertido en uno de los principales testigos de cargo dentro de las investigaciones relacionadas con el escándalo de la Ungrd.

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