
Uno de los interrogantes que han surgido tras la designación del exprocurador Alejandro Ordóñez como nuevo ministro del Interior, en reemplazo del destituido Rodrigo Lara, está relacionado con su edad, pues a sus 71 años tomará la titularidad de una de las carteras más demandantes del Ejecutivo, en la que tendrá que afrontar una intensa agenda legislativa.
Ordóñez, que inicialmente fue designado como embajador de Colombia ante la Organización de Estados Americanos (OEA), llegará por instrucción del presidente Abelardo de la Espriella, en medio de la controversia por la sorpresiva salida de su sucesor, que en una carta se desmarcó de la responsabilidad por el hundimiento del Presupuesto General de la Nación.
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“Doy la bienvenida al doctor Alejandro Ordóñez Maldonado, quien asumirá como nuevo ministro del Interior. Su experiencia, carácter y trayectoria serán fundamentales para afrontar los grandes desafíos de nuestra Nación”, fue el mensaje con el que el primer mandatario oficializó la escogencia del exjefe del Ministerio Público para este importante cargo en el Gobierno.
Sin embargo, pese a las dudas jurídicas que puedan existir frente a este caso, la edad de Ordóñez no es impedimento para su llegada al gabinete de De la Espriella. Aunque la regla general fija en 70 años la edad máxima para ejercer funciones públicas, hay una excepción que habilita a los ministros del despacho para asumir las responsabilidades del cargo.
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Mientras se cumplen los trámites de rigor y Ordóñez regresa al país, proveniente de Estados Unidos, el ministro de Justicia, Iván Cancino, quedó encargado de las funciones de la cartera. Entre ellas, la de hacer seguimiento al curso de la discusión del proyecto de ley de sometimiento a la justicia, una de las iniciativas en las que compartía obligaciones con el saliente ministro.

¿Cuál es la ley que habilita a Alejandro Ordóñez para ser ministro del Interior?
En efecto, aunque la Ley 1821 de 2016 elevó de 65 a 70 años la edad máxima para el retiro forzoso de quienes cumplen funciones públicas, y su artículo primero dispone que, una vez alcanzada esa edad, se produce el retiro inmediato del cargo y no procede el reintegro, existe un apartado en el que se hacen una serie de excepciones; entre ellas, para miembros del gabinete.
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La norma, corregida por el Decreto 321 de 2017, dejó claro que la prohibición no tiene alcance absoluto. El propio texto excluye a los funcionarios elegidos por voto popular y a los servidores incluidos en el artículo 29 del Decreto-Ley 2400 de 1968, modificado por el Decreto-Ley 3074 del mismo año, que incluyen una serie de perfiles del poder Ejecutivo.
Y es que en esa lista aparecen de forma expresa el presidente de la República, los ministros del despacho, los directores de departamentos administrativos, los superintendentes, los viceministros y los secretarios generales de ministerios o departamentos administrativos. Como será el caso del santandereano, que ha recibido el masivo respaldo del ala abelardista.
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En este rango de excepciones también figuran los presidentes, gerentes o directores de establecimientos públicos y de empresas industriales y comerciales del Estado, además de integrantes de misiones diplomáticas que no pertenezcan a la carrera respectiva y secretarios privados de altos funcionarios. Con esto, en materia legal existe aval para su nombramiento.
Ordóñez cumplió 71 años el 29 de mayo y, pese a su edad, puede posesionarse en la cartera pese a superar el umbral aplicable a la mayoría de los servidores públicos. La excepción se mantiene además en el Decreto 1083 de 2015, que regula el reintegro al servicio de personas pensionadas o mayores de 70 años, que reitera la excepción para los jefes de cartera.
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Es válido precisar que el presidente De la Espriella conserva la facultad de nombrar y separar libremente a los ministros, que son funcionarios de su confianza política y administrativa. La condición primordial para ocupar el cargo es cumplir los requisitos constitucionales y legales, entre ellos la ciudadanía colombiana y el ejercicio de los derechos civiles y políticos.
En su experiencia profesional, Ordóñez fue procurador general de la Nación entre 2009 y 2016, magistrado y presidente del Consejo de Estado, y representante diplomático ante la OEA durante el gobierno de Iván Duque Márquez: un cargo para el que había sido elegido en el presente gobierno, antes de definirse los recientes cambios en el gabinete.
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