
La Superintendencia de Notariado y Registro precisó que en Colombia existen actualmente 103 curadores urbanos habilitados en 50 municipios, que ejercen sus funciones por periodos individuales de cinco años.
Por tal motivo abrió convocatroria para aquellos candidatos que aspiren a ocupar este cargo en las diferentes ciudades del país en las que se tienen oficinas de la Curaduría urbana.
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El proceso de selección para nuevos curadores urbanos cerrará inscripciones el 16 de junio de 2026, con la publicación del listado de seleccionados prevista para el 21 de octubre.
El concurso, convocado por la Superintendencia de Notariado y Registro y el Departamento Administrativo de la Función Pública, está abierto para varias regiones del país, entre ellas Quindío (Armenia), Atlántico (Barranquilla, Puerto Colombia, Soledad), Antioquia (Bello, Envigado, Itagüí, Medellín, Rionegro), Cundinamarca (Bogotá, Cajicá, Chía, Funza, Fusagasugá, Madrid, Mosquera, Soacha, Tocancipá), Santander (Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta), Valle del Cauca (Buenaventura, Jamundí, Palmira, Tuluá, Yumbo), Bolívar (Cartagena), Norte de Santander (Cúcuta), Risaralda (Dosquebradas, Pereira), Boyacá (Duitama, Sogamoso, Tunja), Tolima (Ibagué), Huila (Neiva), Caldas (Manizales), Nariño (Pasto), Cauca (Popayán), Magdalena (Santa Marta), Sucre (Sincelejo), Cesar (Valledupar), Meta (Villavicencio) y Casanare (Yopal).

Para optar a esta posición, los postulantes deben ser ciudadanos colombianos en ejercicio o extranjeros residentes legales en el país, tener menos de 65 años y poseer título profesional en arquitectura, ingeniería civil, derecho o en áreas de las ciencias sociales, económicas o de la administración.
Se exige también un posgrado en derecho urbano, urbanismo, políticas de suelo, planificación territorial, regional o urbana, así como la acreditación correspondiente para profesiones reglamentadas y una experiencia laboral mínima de 10 años en desarrollo o planificación urbana.
Además, no podrán participar personas con algún tipo de inhabilidad legal y deberán presentar evidencia de contar con un equipo interdisciplinario que respalde la labor.

La función del curador urbano consiste en verificar el cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación vigentes mediante la expedición de licencias de parcelación, urbanización, subdivisión y construcción, lo que incide directamente en la organización y crecimiento urbano del país.
Aquellas personas que deseen postularse deben completar un formulario y enviarlo, junto a la hoja de vida y documentos requeridos, al correo concursocuradores@funcionpublica.gov.com.
La entidad dispuso una guía del proceso en su página oficial. El superintendente Ricardo Agudelo Sedano instó a la ciudadanía a participar: “Los invitamos a que se inscriban, a que participen y que aporten a algo muy importante: la planeación de las ciudades”.
Qué hace un curador urbano

El curador urbano cumple una función esencial dentro de la administración pública, ya que está encargado de tramitar y expedir licencias relacionadas con la construcción y el desarrollo urbano en los municipios o distritos.
Este cargo implica también la expedición de prórrogas y revalidaciones de las licencias, además de otros trámites fundamentales para asegurar que todo proyecto respete las normas urbanísticas vigentes.
La figura del curador se convierte así en el punto de contacto entre el sector privado y la regulación estatal, otorgando legitimidad y seguridad jurídica a las actuaciones sobre el territorio.
Como parte de sus responsabilidades, el curador urbano debe emitir conceptos relacionados con normas y usos urbanos, aprobar planos de alinderamiento para el régimen de propiedad horizontal y expedir copias certificadas de planos.
Otras competencias contemplan autorizar movimientos de tierras, avalar la construcción de piscinas, así como modificar planos urbanísticos y de legalización. Estas actividades contribuyen a que el crecimiento y la transformación física de las ciudades ocurran dentro de un marco legal claro.
El proceso para obtener una licencia urbanística puede finalizar por el desistimiento voluntario del solicitante o por decisiones administrativas, lo que acarrea el archivo de la solicitud.
El peticionario tiene el derecho de retirarse del trámite en cualquier momento antes de la emisión del acto administrativo de aprobación o negación. Por su parte, la autoridad puede declarar el desistimiento si el solicitante no completa los requisitos dentro de los plazos determinados por la ley.
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