
En medio de la controversia por la decisión de la Registraduría Nacional del Estado Civil de rechazar la inscripción del acusado exalcalde de Medellín en la consulta del Frente por la Vida, que se llevará a cabo el domingo 8 de marzo, y de trasladar tanto su caso como el del senador Iván Cepeda al Consejo Nacional Electoral (CNE), el presidente de la República, Gustavo Petro, se pronunció. Y advirtió lo que serían los alcances -según él- de esta importante decisión.
Petro, que fue el que impulsó la participación de Quintero en la pasada consulta del Pacto Histórico, el 26 de octubre, alegó que una decisión del órgano electoral contraria a la presencia de los políticos en el ejercicio en el que se escogerá al candidato de la izquierda, significaría una contravención a normas de tipo internacional. En especial, a la que a él le dio la posibilidad de seguir como alcalde de Bogotá, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
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“Ya que me mencionan, no estoy en vilo. Si el CNE viola la Convención Americana, simplemente se restablece el derecho, sea ahora, sea en las mismas urnas”, advirtió el jefe de Estado, en un mensaje que dio pie para múltiples interpretaciones; entre ellas, lo que sería una evidente participación en política, lo cual tiene prohibido por mandato constitucional. Y otras, que no estarían lejanas, las que lo vinculan con una injerencia en decisiones del referido consejo.
Es válido destacar que el Consejo Nacional Electoral analizará y tomará una decisión sobre las candidaturas de Quintero y Cepeda este miércoles 28 de enero, cuando se espera que exista una decisión de fondo sobre sí podrán o no participar en la mencionada consulta. En el caso del exmandatario local, la decisión inicial es que, debido a su presencia en la consulta del Pacto, quedó inhabilitado para seguir en carrera en la presidencia, pues perdió en las urnas.
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Mientras tanto, en lo que respecta a Cepeda, el senador podría quedar al margen de la consulta debido a la manera en que se habría hecho el proceso en octubre: que, por lo visto, no fue una decisión interna de una colectividad, como el Pacto, sino en sí una consulta interpartidista; por lo que no podría participar en un nuevo proceso de idénticas características durante un mismo periodo electoral. En su defensa, el congresista anunció que irá hasta el final.
La defensa de Gustavo Petro de la Convención Americana sobre derechos humanos
Es válido destacar que el caso Petro ha establecido un precedente relevante en el país sobre la protección de los derechos políticos de funcionarios elegidos por voto popular, pues indica que solo un juez penal, mediante sentencia condenatoria, puede limitar estos derechos, excluyendo a organismos administrativos como la Procuraduría y el Consejo Nacional Electoral. Esta postura se sustenta en el artículo 23.2 de la CADH, que consagra la llamada “reserva judicial”.
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El caso cobró notoriedad tras la destitución de Petro como alcalde de Bogotá, en 2013, cuando la Corte IDH ordenó a Colombia modificar su legislación para impedir que autoridades administrativas puedan inhabilitar políticamente a funcionarios elegidos democráticamente. Petro y su equipo legal también han denunciado la falta de garantías procesales e imparcialidad en los procedimientos administrativos, enmarcando estos hechos como persecución política.
La defensa de Petro buscó aplicar estos principios ante nuevas investigaciones del CNE sobre presuntas irregularidades en la financiación de su campaña presidencial. Sin embargo, en diciembre de 2024, la Corte IDH resolvió que el CNE puede investigar y sancionar en materia administrativa, siempre que no implique la pérdida del cargo ni de derechos políticos, a menos que exista una condena penal sobre el asunto en mención, como en su caso no ha ocurrido.
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