
A partir del 1 de enero de 2026, los afiliados al sistema de salud en Colombia deberán pagar más por algunos servicios médicos.
El Ministerio de Salud y Protección Social confirmó una actualización en las tarifas de cuotas moderadoras y copagos, cambios que quedaron establecidos en la Circular Externa 048 de 2025 y que aplicarán de manera obligatoria para todas las EPS e IPS del país.
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El ajuste hace parte de una transformación en la forma como se actualizan estos cobros dentro del sistema.
Desde ahora, los valores dejarán de incrementarse con base en el salario mínimo y pasarán a calcularse con la Unidad de Valor Básico (UVB), un indicador técnico que busca reflejar con mayor precisión el comportamiento del costo de vida en el país.
Para 2026, la UVB fue fijada en $12.110, según lo dispuesto en la Resolución 3488 del Ministerio de Hacienda. Este valor se ajusta anualmente teniendo en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC) sin alimentos ni regulados, certificado por el Dane, lo que, según el Gobierno, permite que los costos del sistema se actualicen de forma más estable y predecible.
Qué cambia con el nuevo sistema de cobro
El Ministerio de Salud explicó que el objetivo de este nuevo mecanismo es desvincular los aumentos del salario mínimo, evitando que cada ajuste salarial se traduzca automáticamente en incrementos en los pagos por servicios de salud.
En su lugar, se busca una actualización técnica que tenga en cuenta la inflación real y el poder adquisitivo de los colombianos.
Las nuevas tarifas impactan tanto a los afiliados del régimen contributivo como del régimen subsidiado, aunque con reglas y condiciones diferentes para cada grupo.
Cuotas moderadoras en el régimen contributivo
En el régimen contributivo, el valor de la cuota moderadora seguirá dependiendo del nivel de ingresos del cotizante, medido en salarios mínimos legales mensuales vigentes (Smlmv).
Para 2026, quienes ganen menos de dos Smlmv deberán pagar una cuota cercana a los $5.000. Los afiliados con ingresos entre dos y cinco Smlmv asumirán un valor aproximado de $20.100, mientras que quienes superen los cinco Smlmv pagarán alrededor de $52.800 por atención.

Estos montos representan un incremento frente a 2025, cuando las cuotas moderadoras eran de $4.700, $19.200 y $50.300, respectivamente. Aunque el ajuste no es elevado, confirma que consultar al médico o acceder a servicios básicos de salud será más costoso en 2026.
Copagos: porcentajes según el ingreso
Los copagos, que se aplican principalmente a procedimientos y servicios de mayor costo, también fueron actualizados para el régimen contributivo. El Ministerio mantuvo el esquema de porcentajes, que varía según el nivel de ingresos del afiliado.
Quienes ganen menos de dos Smlmv deberán pagar el 11,5 % del valor del servicio. Para los ingresos entre dos y cinco Smlmv, el copago será del 17,3%, mientras que los afiliados que superen los cinco Smlmv deberán asumir el 23 % del costo total.
Con el fin de evitar impactos excesivos en la economía de los usuarios, se establecieron topes máximos por evento.
En 2026, estos límites serán de $373.715 para quienes ganan menos de dos Smlmv, $1.497.644 para los ingresos entre dos y cinco Smlmv y $2.995.409 para quienes superan los cinco Smlmv.
Además, se fijaron topes anuales por beneficiario, que buscan evitar que una persona pague montos desproporcionados a lo largo del año. Estos límites serán de $748.882, $2.995.409 y $5.990.696, respectivamente, según el nivel de ingresos.

Así funciona en el régimen subsidiado
En el régimen subsidiado, las condiciones son distintas. Los afiliados a este grupo no pagan cuotas moderadoras por la atención básica y general, manteniendo el enfoque de protección para la población con menores ingresos.
No obstante, sí deberán asumir copagos en servicios de mayor complejidad, dependiendo de su clasificación. Los afiliados del Nivel 1 están completamente exentos de copagos, mientras que los del Nivel 2 deberán aportar hasta el 10 % del valor del servicio.
Para estos casos, el tope máximo por evento quedó establecido en $651.155, y el límite anual en $1.302.309.
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