
La llegada de octubre transforma las calles de Bogotá en un escenario donde la creatividad se manifiesta no solo en disfraces personales, sino en la decoración de vehículos y motocicletas.
La práctica de adornar automóviles con motivos de Halloween se ha vuelto cada vez más frecuente, lo que ha generado interrogantes sobre la legalidad de estas intervenciones y las posibles sanciones asociadas.
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La Secretaría Distrital de Movilidad ha sido clara al respecto: no existe una infracción específica por decorar un vehículo durante Halloween, siempre que se cumplan ciertos requisitos fundamentales de seguridad.
Un vocero de la entidad explicó a Alerta Bogotá que la clave está en la visibilidad: “No hay sanción por adornar un carro o una moto, siempre y cuando la placa esté visible y la decoración no afecte la visibilidad del conductor”.
Esta directriz implica que tanto las placas como los vidrios, luces y señales del vehículo deben permanecer completamente despejados y legibles.

El Código Nacional de Tránsito Terrestre (Cntt) no prohíbe de manera explícita la decoración de automotores con fines festivos.
Sin embargo, establece sanciones para quienes realicen modificaciones que comprometan la seguridad o dificulten la identificación del vehículo.
Por ejemplo, el artículo 130 del Cntt señala que ningún adorno puede interferir con la visión del conductor, y el artículo 131 B estipula que “será sancionado con multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes (Smldv) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones: B.10. Conducir un vehículo con vidrios polarizados, entintados u oscurecidos, sin portar el permiso respectivo, de acuerdo a la reglamentación existente sobre la materia. B.11. Conducir un vehículo con propaganda, publicidad o adhesivos en sus vidrios que obstaculicen la visibilidad”, según recoge la normativa.
En términos económicos, una infracción de este tipo puede traducirse en una multa de alrededor de $380.000. Además, el Cntt exige que el color original del vehículo no sea alterado sin la debida autorización.

Si la decoración temporal transforma de manera notoria el color registrado oficialmente, el propietario debe realizar el trámite correspondiente ante la autoridad de tránsito para evitar sanciones adicionales.
La tendencia de disfrazar vehículos ha dado lugar a casos llamativos, como la circulación de automóviles particulares decorados con los logos y colores de Transmilenio o del Sistema Integrado de Transporte Público (Sitp).
Ante la confusión generada, la Secretaría de Movilidad aclaró que estos vehículos no forman parte de la flota oficial y que la suplantación de identidad puede acarrear consecuencias legales si se realiza con fines engañosos o sin autorización.
“Se trata de particulares que decoraron sus vehículos de manera temporal con fines festivos”, informó TransMilenio S.A., subrayando que no existe relación alguna entre estos automóviles y el sistema de transporte masivo.

Las autoridades han reiterado la invitación a disfrutar de la celebración con responsabilidad. Recomiendan utilizar materiales livianos que no representen riesgo de desprendimiento, evitar cubrir luces, direccionales o placas, y abstenerse de emplear objetos que puedan distraer a otros conductores o peatones. La prioridad debe ser siempre la seguridad vial y la integridad de todos los actores en la vía.
La costumbre de decorar vehículos en Halloween se ha extendido a tal punto que resulta habitual ver taxis, buses y automóviles particulares adornados con telarañas artificiales, máscaras de personajes de terror o pintura que simula manchas de sangre. Algunos conductores incluso optan por mantener estos disfraces durante todo el mes de octubre.
No obstante, la Secretaría de Movilidad insiste en que, aunque la creatividad es bienvenida, cualquier intervención debe respetar las normas de tránsito y no poner en riesgo la seguridad.
En síntesis, disfrazar un vehículo en Colombia durante Halloween es una práctica permitida, siempre que no se alteren los sistemas de seguridad ni se infrinjan las disposiciones legales vigentes.
La visibilidad de la placa, la transparencia de los vidrios y la identificación del color original son aspectos no negociables. La normativa colombiana permite la expresión festiva, pero exige que esta no comprometa la seguridad ni la legalidad en las vías.
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