
El reciente retiro de un mensaje pintado en el puente del barrio Las Gaviotas reavivó el debate sobre los límites de la expresión pública en Cartagena y la responsabilidad de las autoridades frente a mensajes que promuevan la confrontación.
El alcalde Dumek Turbay Paz informó que el mensaje dirigido contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez fue eliminado, asegurando que la administración no permitirá que estos hechos conviertan espacios públicos en focos de enfrentamiento.
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Según manifestó Turbay Paz, en una rueda de prensa, la situación no debe asociarse con contextos de violencia más complejos.
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“Pareciera que estuvieran hablando de una zona de conflicto, donde hay presencia de grupos armados ilegales, no vamos a dejar que una pared de un puente en Cartagena se convierta en un escenario de confrontación en la ciudad”, dijo el alcalde.
Para el mandatario local, permitir este tipo de mensajes crea un ambiente impropio para el diálogo ciudadano.
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La decisión de borrar la pintada fue coordinada con la Secretaría del Interior, y al respecto el alcalde indicó que ya se comunicaron instrucciones claras a las autoridades para impedir la repetición de estos episodios.
“No vamos a dejar que ningún lugar de la ciudad se convierta en un territorio en disputa”, subrayó, remarcando que se actuará de la misma manera ante futuros intentos, independientemente de su procedencia.
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El alcalde defendió la importancia del ejercicio democrático y la libertad de propuestas, pero fijó un límite cuando la manifestación pública “va a generar una confrontación, como lo generó ese mensaje, pues nosotros ni lo vamos a dejar, haremos lo necesario para que no se pueda instalar un tipo de mensaje de este. Venga de donde vinieren”.
Durante su pronunciamiento, Turbay Paz también abordó la naturaleza del acto, señalando que los autores obraron abiertamente y “no lo hicieron como un acto escondido”, aunque enfatizó que la administración obró para evitar un “debate” que pudiera escalar, reiterando que “la borrada la hizo la alcaldía mayor. La borrada es parte de las decisiones de la alcaldía y la lideró la Secretaría de Interior”.
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La respuesta oficial llega tras el revuelo en redes y medios de comunicación locales, que evidenciaron la sensibilidad del tema y el impacto que pueden tener los mensajes expuestos en espacios públicos de la ciudad.

El mensaje, aunque efímero, puso en discusión la forma en que Cartagena enfrenta expresiones políticas potencialmente divisorias en sus calles.
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Sobre Álvaro Uribe, así va su caso
“No hay temor de que actuarán con imparcialidad, transparencia, autonomía e idoneidad suficiente”, aseguró el presidente de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, Fabio David Bernal Suárez, al referirse a los tres magistrados que revisarán el recurso de apelación presentado contra la condena de Álvaro Uribe Vélez.
La composición de la Sala Penal N.º 9, detallada por el propio tribunal, incluye a Alexandra Ossa Sánchez, Leonor Oviedo Pinto y Manuel Antonio Merchán, quien ejercerá como presidente y ponente de la decisión. Según la información oficial, los magistrados cuentan con una trayectoria consolidada en la Rama Judicial, formación especializada y evaluaciones periódicas que acreditan su idoneidad para abordar un proceso de esta magnitud.
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El tribunal ha dispuesto que los tres dediquen atención exclusiva al estudio del caso, con el objetivo de acelerar la resolución antes de que el expediente prescriba en octubre, lo que imprime urgencia al trámite.
En este contexto, la Procuraduría General de la Nación presentó ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá un recurso de apelación contra el fallo de primera instancia que condenó a doce años de prisión al expresidente Álvaro Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
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El documento, de 81 páginas y firmado por el procurador Bladimir Cuadro Crespo, sostiene que la sentencia dictada por el Juzgado 44 de Conocimiento de Bogotá presenta vacíos en la valoración y evaluación de pruebas fundamentales, lo que habría derivado en una aplicación incorrecta de la figura de la determinación penal.
Según el análisis de la Procuraduría, uno de los puntos críticos radica en la supuesta “incorrecta observación objetiva” de las pruebas, lo que, a juicio del procurador, condujo a errores en la apreciación de los hechos y a una indebida imputación de responsabilidad al exmandatario.
El recurso enfatiza que la tipicidad de la conducta atribuida a Uribe Vélez no quedó debidamente establecida, lo que, según el órgano de control, debió haber resultado en la absolución del procesado.

El procurador Cuadro argumenta que la sentencia omitió la aplicación del artículo 7 de la ley 906, disposición que, de haberse considerado, habría favorecido la exoneración del exmandatario.
En sus alegatos de conclusión, presentados a finales de junio, Cuadro Crespo reiteró que la Fiscalía General no logró demostrar su teoría del caso, por lo que solicitó la absolución total de Uribe Vélez.
El documento presentado ante el tribunal sostiene: “No se estableció más allá de toda duda razonable que el expresidente Álvaro Uribe Vélez tuviera el grado de conocimiento exigible para atribuirle la presunta responsabilidad como determinador de cada uno de los eventos acusados. La sentencia de primera instancia no se ocupó de examinar detalladamente este aspecto medular para cada uno de los episodios examinados”.
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