
Aunque el Congreso ya dio su aval definitivo, la reforma pensional no entrará en vigencia el 1 de julio como estaba previsto. Esto es lo que viene para la iniciativa bandera del Gobierno en materia social.
La Cámara de Representantes aprobó este 28 de junio el texto de la reforma pensional que había sido devuelto por la Corte Constitucional para corregir un vicio de trámite. Con 97 votos a favor, los congresistas decidieron acoger en bloque el texto aprobado previamente por el Senado, sin modificaciones ni debate artículo por artículo.
La votación estuvo precedida por una jornada de seis horas en la que se tomaron dos decisiones clave. Primero, se aprobó una proposición para acoger sin cambios el texto del Senado. Luego, se descartó una segunda proposición que proponía abrir el articulado a discusión. Esta última fue rechazada por 100 votos, lo que cerró la puerta a cualquier ajuste de fondo.
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Con esta aprobación, el Congreso busca cumplir con el requerimiento que hizo la Corte Constitucional, que había devuelto el proyecto por una irregularidad en el trámite legislativo. Sin embargo, la aprobación legislativa no significa que la reforma pueda entrar en vigencia de inmediato. Aún falta un paso fundamental: la revisión del alto tribunal.
¿Se necesita conciliación entre Senado y Cámara?
No. En este caso no habrá etapa de conciliación entre ambas cámaras, porque el texto aprobado por la Cámara es exactamente el mismo que ya había sido aprobado por el Senado. El presidente de la Cámara, Jaime Raúl Salamanca, confirmó que con esta decisión se da por superado el vicio de trámite señalado por la Corte.

Aun así, si llegara a considerarse necesaria una conciliación, esta tendría que realizarse dentro del plazo de una legislatura, es decir, antes del 20 de julio. Pero, por ahora, no está previsto que eso ocurra.
¿Entonces, la reforma entra en vigencia ya?
No. Aunque el trámite legislativo ya concluyó, ahora el Congreso debe remitir un informe a la Corte Constitucional explicando cómo se subsanó el vicio de procedimiento. Solo una vez la Corte reciba este informe y evalúe que se cumplieron sus órdenes, podrá dar luz verde a la promulgación de la ley.
Por eso, la fecha del 1 de julio, que inicialmente se había contemplado para la entrada en vigencia de la reforma, ya no será posible. Todo depende ahora del análisis jurídico del alto tribunal.

¿Qué puede pasar en la Corte?
La Corte deberá revisar que el trámite cumplió con las condiciones que había exigido cuando detectó el vicio. Hasta que no emita un concepto definitivo sobre este punto, la reforma no podrá ser sancionada ni implementada.
Además, la Corte tiene sobre la mesa otras demandas que cuestionan el contenido de la nueva ley pensional. Esto significa que, además de verificar el trámite, también podría pronunciarse sobre la constitucionalidad de algunos artículos específicos, lo que podría demorar o incluso alterar el diseño final del sistema.
¿Por qué tanta urgencia del Gobierno?

El Ejecutivo ha insistido en la necesidad de implementar pronto la reforma, argumentando que las demoras pueden tener impactos sociales, especialmente sobre los que se encuentran cerca de la edad de pensión y esperan los beneficios que plantea el nuevo modelo. Incluso, el presidente Petro ha pedido a todos los partidos dar prioridad a la reforma.
Entre los cambios que plantea la reforma están la creación del pilar solidario para adultos mayores sin pensión, el rediseño del sistema de cotización y la redistribución de funciones entre Colpensiones y los fondos privados. La idea es que este nuevo esquema garantice una mayor cobertura y sostenibilidad del sistema pensional en el país.
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