
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva revisó y ratificó la sentencia inicial en contra de Stevan Andrés Rosero Derazo, miembro de la Policía Nacional, que recibió una pena de 14 años de prisión por haber accedido sexualmente a un compañero de la institución. El proceso judicial culminó con la confirmación de la condena, después de la revisión del caso.
Según informó la Fiscalía General de la Nación, los hechos ocurrieron en noviembre de 2013 en la sede del Escuadrón Móvil de Carabineros (Emcar), que está situada en un barrio residencial del norte de Neiva, en el departamento de Huila.
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De acuerdo con el relato de la víctima, también uniformado de la Policía Nacional, el ataque se produjo dentro de los baños de la base policial, en un momento en que las instalaciones se encontraban sin energía eléctrica.
En ese momento, Rosero Derazo aprovechó para sorprender a su compañero en la oscuridad, allí lo golpeó y luego cometió el abuso sexual, aprovechando la vulnerabilidad en la que quedó su compañero y la falta de luz. El caso fue investigado por un fiscal adscrito al Centro de Atención Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas) de la Seccional Huila, que recopiló los elementos probatorios que permitieron avanzar en el proceso penal.

La sentencia condenatoria fue emitida en primera instancia por un juzgado de conocimiento de Neiva en noviembre de 2020, tras valorar las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación. Años después, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva ratificó la decisión, demostrando la solidez de los elementos que vinculaban a Rosero Derazo con el delito de acceso carnal violento con incapaz de resistir.
De acuerdo con el reporte de la Fiscalía, la contundencia de las pruebas permitió establecer la responsabilidad penal del uniformado y confirmar la condena a la que será sometido a partir de junio de 2025. Actualmente, Stevan Andrés Rosero Derazo permanece recluido en un establecimiento carcelario en Pitalito, Huila.
“Doblegó su voluntad y usó el enjuiciado para hacer caso omiso a la renuencia del ofendido para sostener con él relaciones sexuales”, dijo la magistrada Juana Alexandra Tobar Manzano después de confirmar la sentencia condenatoria en contra del agresor, según la información revelada por el diario La Nación.
Del mismo modo, la funcionaria aseguró que el demandante negó “categóricamente haberle dado su consentimiento para sostener relaciones sexuales”, por lo que se ratificó la condena en contra del uniformado que ejerció violencia física y psicológica en contra de su víctima: “El asalto o sorprendimiento por su victimario y las amenazas sobre su vida que fueron los estructurantes para predicar el acceso carnal violento”.
De acuerdo con el relato de la magistrada “La víctima rememoró que Rosero Derazo nunca le sugirió o propuso tener relaciones sexuales y menos aún que tuvo en cuenta su voluntad para tener cualquier tipo de encuentro sexual con él, por el contrario, optó por someterlo al ultraje ya mencionado”.

Este caso demuestra la relevancia de la denuncia de las víctimas y la investigación rigurosa para llevar ante la justicia a los responsables de agresiones sexuales, incluso cuando los hechos involucran a miembros de instituciones de seguridad.
Ante la gravedad de esta situación, la Fiscalía General de la Nación reiteró su compromiso con la protección de los derechos de las víctimas y la persecución de los agresores, con el objetivo de garantizar justicia en todas las áreas de la sociedad. Por esta razón, se reiteró que la labor investigativa y la denuncia son fundamentales para combatir la impunidad, aún cuando los involucrados.
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