
La publicación del ministro del Interior, Armando Benedetti, que salió el lunes 2 de junio de 2025 a defender la intención –cada vez más real– del presidente de la República, Gustavo Petro, de convocar a la consulta popular por decreto, causó una fuerte reacción de la senadora y precandidata presidencial María Fernanda Cabal, del Centro Democrático, que en las redes sociales cuestionó la legitimidad de los argumentos del funcionario; y, del mismo modo, de los que parecen apoyar los motivos jurídicos para avalar esta decisión.
Benedetti, que utilizó su perfil de X para pronunciarse en favor de la consulta, al considerar que ya se cumplió un mes desde que Petro radicó ante el Senado la proposición de la consulta, sin que se dé, en su concepto, un concepto por parte del Senado sobre su viabilidad, desató la controversia. Y todo porque él, como el jefe de Estado, insisten en que la votación que se adelantó en la plenaria de la corporación el 14 de mayo, y en la que el Gobierno perdió 49 a 47, está viciada; por lo que se acabó el plazo para repetirla.
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“Ya van dos expresidentes de la Corte Constitucional que dicen que el presidente Gustavo Petro SÍ puede convocar la consulta popular por decreto debido a la cantidad de irregularidades que conllevan a (sic) la inexistencia del hecho y a su carencia de efectos. Siempre será bienvenido el debate. Garantizar la participación ciudadana es uno de los elementos fundamentales de la Constitución que hay que proteger”, expresó Benedetti en su perfil en la red social, con lo que defendió lo que parece un hecho inminente.

Según ha trascendido en las redes sociales, los dos personajes a los que haría mención el ministro del Interior son Luis Ernesto Vargas, que fue magistrado de la Corte Constitucional entre el 1 de marzo de 2009 y el 28 de febrero de 2017, y presidente del alto tribunal entre el 28 de febrero de 2024 y el 28 de febrero de 2015; y Eduardo Montealegre Lynett: que además de ser fiscal General de la Nación, integró el organismo judicial entre el 1 de enero de 2001 y el 1 de mayo de 2004; aunque no fue titular de la corporación.
En el caso de Vargas, es bien sabido que ejerce como embajador de Colombia ante la Organización de Estados Americanos (OEA), desde el 23 de septiembre de 2022; en tanto que Montealegre tiene millonarios contratos con entidades del Estado, como el sistema de medios públicos de Rtvc; por más de $840 millones, como contratista para ejercer como abogado. De hecho, el primer mandatario compartió en sus redes sociales una columna del letrado en el que defendía la facultad de llamar a los colombianos a las urnas.

La dura respuesta de María Fernanda Cabal a Armando Benedetti
Fue este comentario el que causó una dura respuesta de la congresista vallecaucana de 61 años, que en la plataforma digital se despachó contra Benedetti y, del mismo modo, a los exmiembros de la Corte Constitucional que han opinado a favor de los intereses del Gobierno, un apunte que causó toda clase de comentarios entre sus seguidores y, también, entre los defensores del gobernante. Según la congresista, tanto Vargas como Montealegre tienen un claro conflicto de interés, por lo que no deberían dar sus opiniones sobre la consulta.
“¿Expresidentes de la Corte? ¿Uno, embajador de Petro ante la OEA y otro contratista que ha recibido más de $800 millones de pesos en contratos? Bienvenido el debate, pero no el pre-pago”, comentó Cabal en la red social, con lo que insinuó que ambos exmagistrados del alto tribunal estarían, en su perspectiva, impedidos para dar un concepto jurídico sobre si Petro, cumplido el periodo de 30 días en el Senado sin que presuntamente emita un pronunciamiento sobre la consulta, pueda convocar por decreto el mecanismo.

A lo dicho por Cabal se sumó lo dicho por el abogado constitucionalista Rafael Nieto Loaiza, que calificó como penosas esas opiniones, al recordar la influencia de Vargas y Montealegre con el Gobierno, debido a lo anteriormente expuesto sobre sus cargos y sus contratos. Una visión que también causó una serie de reacciones entre los que se oponen a que los colombianos sean llamados a votar sobre el futuro de algunas de las reformas de la actual administración.
“No, Petro no puede convocar por decreto la consulta. Si lo hace, incurre en un golpe de Estado. La decisión del Senado goza de presunción de legalidad. Si el Gobierno no la comparte, puede recurrir a la administración de justicia. Lo que de ninguna manera puede hacer en una democracia es decidir él mismo que la decisión es incorrecta o no existe”, afirmó el letrado, que advirtió que si Petro se atreve a firmar un decreto en ese sentido irá a la cárcel; tanto él como los ministros que lo ayuden. ¿Se atreverán?”, concluyó.
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