En un fallo que redefine el acceso a la pensión de sobrevivientes en Colombia, la Corte Constitucional eliminó un requisito que había limitado el reconocimiento de este derecho para muchas personas.
Según informó el tribunal, la sentencia SU-174 de 2025, con ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses, revoca una línea jurisprudencial vigente desde 2018 que imponía estrictos criterios socioeconómicos para aplicar el principio de la condición más beneficiosa.
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Este cambio no solo impactará a los ciudadanos, también al sistema pensional público, particularmente a Colpensiones.
Por qué se originó la decisión
El caso que motivó esta decisión involucra a una mujer que convivió con su esposo desde 1974 hasta su fallecimiento en 2015. Aunque el hombre cotizó de manera intermitente al Instituto de Seguros Sociales (hoy Colpensiones) durante varias décadas, no alcanzó el número de semanas requeridas por la Ley 100 de 1993 para obtener una pensión de vejez.

Tras su muerte, la solicitante pidió el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes bajo el Acuerdo 049 de 1990, que exigía menos semanas de cotización. Sin embargo, Colpensiones, los jueces laborales y la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema rechazaron su solicitud, bajo el argumento de que no cumplía con el “test de procedencia” establecido en la sentencia SU-005 de 2018.
De acuerdo con el tribunal, este test requería que los solicitantes cumplieran cinco condiciones acumulativas de vulnerabilidad socioeconómica, como no tener vivienda propia, ingresos autónomos ni red de apoyo. En el caso de la accionante, se consideró que no era suficientemente vulnerable porque vivía en la casa de sus padres fallecidos, contaba con medicina prepagada y recibía apoyo económico de su hija. No obstante, la Corte Constitucional revocó estas decisiones, amparó los derechos fundamentales de la mujer y ordenó a Colpensiones reconocer la pensión en un plazo de cinco días.
El fallo no se limitó a resolver este caso específico, sino que eliminó el test de procedencia como requisito para aplicar el principio de la condición más beneficiosa. Según detalló la Corte, los jueces ahora podrán valorar libremente la situación de vulnerabilidad de los solicitantes, bajo un principio de libertad probatoria que permita adaptar la protección constitucional a las particularidades de cada caso. Este cambio busca evitar las rigideces formales que, según el tribunal, habían generado desigualdad entre casos similares y se habían convertido en una barrera de acceso al derecho.

Aunque la condición de vulnerabilidad sigue siendo necesaria para aplicar el régimen anterior, la Corte aclaró que esta deberá evaluarse sin fórmulas únicas. Según el alto tribunal, el test había contravenido el mandato de protección reforzada a personas vulnerables, al tiempo que había sido utilizado como un obstáculo para el acceso a derechos fundamentales.
Eliminación del test de procedencia
La decisión generó controversia dentro de la misma Corte Constitucional. Cuatro magistrados salvaron su voto, entre ellos Jorge Enrique Ibáñez, Cristina Pardo y Miguel Polo Rosero. Este último expresó su preocupación por el impacto que este cambio podría tener en la sostenibilidad financiera del sistema pensional. Según Polo Rosero, la eliminación del test podría desbordar el uso del principio de la condición más beneficiosa, abrir la puerta a miles de nuevas reclamaciones basadas en normas derogadas y obligar a Colpensiones a asumir pagos retroactivos sin respaldo fiscal suficiente.

A pesar de estas críticas, la mayoría de la Sala Plena defendió que la eliminación del test no implica un acceso indiscriminado a la pensión de sobrevivientes. Según argumentaron, la medida busca devolver a los jueces la capacidad de valorar con justicia y proporcionalidad las condiciones reales de quienes reclaman este derecho.
Este fallo llega en un momento crucial para el debate sobre el sistema pensional en Colombia. La discusión sobre una posible reforma pensional ha puesto en el centro del debate temas como los derechos adquiridos, la sostenibilidad financiera y la equidad intergeneracional. Con la sentencia SU-174 de 2025, la Corte Constitucional reconfigura el panorama judicial en torno a uno de los pilares de la seguridad social, el cual marca un precedente que podría influir en futuras decisiones relacionadas con el derecho a la pensión de sobrevivientes.
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