
La Corte Suprema de Justicia ratificó la orden de detención contra Úber Enrique Banquez, conocido como “Juancho Dique”, excomandante del Bloque Montes de María de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
La decisión se fundamenta en una condena por falso testimonio y fraude procesal, lo que, según el alto tribunal, incumple los requisitos establecidos en la Ley de Justicia y Paz para mantener su libertad.
Banquez, que se desmovilizó en 2005, calificó esta medida como una persecución política y una violación a su debido proceso.
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“Yo no he seguido delinquiendo”, repitió varias veces durante la conversación. “Ese proceso (de falso testimonio) ocurrió dentro del marco del conflicto. Lo que están haciendo conmigo es una persecución”, aseguró Banquez.
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El fallo, emitido el 5 de marzo de 2025, confirma que no procede sustituir la medida de aseguramiento contra Banquez, argumentando que este incurrió en delitos dolosos tras su desmovilización.

La Corte Suprema destacó que la imputación en su contra es suficiente para negar los beneficios contemplados en el marco del proceso transicional.
En una entrevista con La W Radio, Banquez expresó su inconformidad con la decisión, afirmando que “es más fácil hacer la guerra que hacer la paz” y señaló que enfrenta una “judicialización política” que busca excluirlo del proceso de Justicia y Paz.
La condena que sustenta esta decisión fue dictada en octubre de 2024 por el Juzgado 22 Penal de Bogotá, que sentenció a Banquez a 10 años y 3 meses de prisión.
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Según el fallo, el excomandante paramilitar mintió bajo juramento en 2008 para favorecer al exsenador Javier Cáceres Leal, que fue condenado en 2012 por sus vínculos con grupos paramilitares.
Aunque la sentencia aún no está en firme debido a una apelación, la Corte Suprema consideró que la gravedad de los hechos justifica la restricción de su libertad.

Banquéz ha defendido su inocencia, argumentando que sus declaraciones en 2008 fueron producto de coacción y amenazas recibidas durante su reclusión.
En la entrevista con el medio citado, aseguró que desde 2007 comenzó a ser presionado para no implicar a políticos, empresarios y miembros de la fuerza pública en sus testimonios.
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“Yo no he seguido delinquiendo”, insistió Banquéz, que también afirmó que ha cumplido con los compromisos del proceso de Justicia y Paz, enfocados en la verdad, la reparación y la resocialización.
“En 2007 comenzó mi calvario, cuando me visitaban en la cárcel para que no hablara de políticos, empresarios o miembros de la fuerza pública”, afirmó alias Juancho Dique durante la entrevista con La W.
El excomandante de las AUC también denunció lo que considera un trato desigual hacia algunos desmovilizados, señalando que su caso refleja un “doble rasero” en la aplicación de la justicia transicional.
“Yo elegí el camino del sistema de justicia, pero ahora el mismo sistema me encierra. No puede ser”, declaró. A pesar de la decisión judicial, Banquéz informó que ha interpuesto una tutela contra la providencia y manifestó su disposición a entregarse si su apelación no prospera.
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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema subrayó que Banquéz faltó a la verdad en un proceso penal con el objetivo de desvincular al exsenador Cáceres de sus nexos con las AUC.
Según el tribunal, este comportamiento constituye un incumplimiento de los requisitos para acceder a beneficios futuros en el marco de la Ley de Justicia y Paz, que exige a los desmovilizados abstenerse de cometer nuevos delitos.
“Presuntamente faltó a la verdad al interior de un proceso penal, en aras de favorecer o desvincular a un exsenador de la República de sus nexos con la organización paramilitar, por lo que esta Corte compulsó copias para que fuera investigado”, dice el fallo emitido por la Corte Suprema.
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El caso de Banquéz pone de relieve las tensiones y desafíos en la implementación de los procesos de justicia transicional en Colombia.
Mientras el excomandante insiste en que ha sido víctima de presiones y amenazas, las autoridades judiciales consideran que su conducta posterior a la desmovilización compromete la credibilidad de su participación en el proceso de paz.
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