
El Consejo de Estado decidió abrir un incidente de desacato en contra del presidente de la República, Gustavo Petro, por no cumplir con una orden judicial que le exigía retractarse de unas declaraciones realizadas tras las marchas convocadas por sectores de oposición el 24 de noviembre de 2024.
La apertura del proceso se formalizó mediante auto emitido por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal, fechado el 2 de abril de 2025. En este documento se expone que el mandatario no ha cumplido la orden contenida en una sentencia de tutela proferida el 6 de marzo del mismo año, en la que se le ordenó ofrecer disculpas públicas por sus expresiones hacia los participantes de dichas movilizaciones ciudadanas.
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El origen del proceso radica en una tutela interpuesta por el ciudadano Josías Fiesco Agudelo, que consideró vulnerado su derecho fundamental a la protesta debido a las afirmaciones del jefe de Estado. En dicha tutela, el Consejo de Estado amparó este derecho, señalando:
“SEGUNDO: ORDENAR al Presidente de la República, el señor Gustavo Petro Urrego, que, en un término de cinco (5) días contados a partir de la notificación de la presente providencia, ofrezca disculpas públicas por haber llamado ‘victimarios’, ‘los que quieren que esta injusticia siga padeciéndose en el país’, ‘los que quieren que no haya una reivindicación para las víctimas’, ‘los que quieren que las hijas de los campesinos terminen en los burdeles de la gran ciudad o que el hijo del campesino termine levantando un fusil para matar a su hermano de sangre o a su hermano de tierra’ a quienes participaron en las marchas del 24 de noviembre de 2024″.
A juicio del accionante y del alto tribunal, estas expresiones estigmatizaron a los manifestantes, comprometiendo su derecho a la protesta pacífica que, para ese entonces, fue motivada por factores como el rechazo a las reformas en el sistema de salud, el aumento de la inseguridad, las medidas que afectan a sectores clave como el transporte y el petróleo, y las críticas a la gestión gubernamental.
Tras recibir la solicitud de apertura de incidente de desacato, el despacho del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil verificó que ni el presidente ni el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) habían respondido al requerimiento inicial realizado el 21 de marzo de 2025. Este requerimiento les solicitaba informar y acreditar las actuaciones realizadas para cumplir el fallo judicial.
“No obstante, el Presidente de la República, Gustavo Petro Urrego y el DAPRE guardaron silencio, a pesar de haber sido notificados en debida forma a los correos electrónicos gustavopetro@yahoo.com y notificacionesjudiciales@presidencia.gov.co. Por lo tanto, no se evidencia prueba de su cumplimiento”, señaló el Consejo de Estado, considerando que había mérito suficiente para abrir el incidente de desacato, recordando que el cumplimiento de los fallos de tutela es obligatorio para todos los funcionarios públicos.

En este contexto, el alto tribunal resolvió: “ABRIR incidente de desacato contra el Presidente de la República, el señor Gustavo Petro Urrego, quien deberá ser notificado en forma personal al correo electrónico notificacionesjudiciales@presidencia.gov.co”.
Y agregó: “REQUERIR al Presidente de la República, el señor Gustavo Petro Urrego y al Departamento Administrativo de la Presidencia para que, en el término de 2 días, contados a partir de la notificación de esta providencia, indiquen y acrediten los documentos pertinentes, las actuaciones que ha adelantado para dar cumplimiento a la orden dada”.

Esta no es la primera vez que el presidente Gustavo Petro ha arremetido públicamente contra manifestantes de la oposición, lo que ha generado críticas por estigmatizar el derecho a la protesta. Estas declaraciones han sido calificadas por diversos sectores como un intento de deslegitimar la movilización ciudadana y reducir el debate democrático.
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