
En una solicitud formal enviada a la Corte Constitucional, la procuradora General de la Nación, Margarita Cabello, pidió que se declare inexequible la reforma pensional impulsada por el presidente Gustavo Petro.
Su solicitud se conoce tras una acción de inconstitucionalidad interpuesta inicialmente por la senadora del Centro Democrático Paloma Valencia sobre la Ley 2381 de 2024, que establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común. Esta ley, que forma parte de la reforma pensional, fue cuestionada por presuntos vicios en su trámite legislativo y por varios aspectos de su contenido.
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Paloma Valencia argumentó que el proceso legislativo que llevó a la aprobación de la Ley 2381 de 2024 incumplió el principio de consecutividad, dispuesto en el artículo 157 de la Constitución.
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Según la congresista, la Plenaria de la Cámara de Representantes “eludió el debate al acoger el texto aprobado por el Senado de la República, sin que hubiese deliberación ni explicación de los ponentes de las diferencias existentes con la ponencia de segundo debate”. Este hecho, señaló la demandante, contravendría la normativa que exige una revisión detallada de los proyectos de ley antes de su sanción final.
En este contexto, la Procuraduría se pronunció, respaldando la solicitud de inconstitucionalidad. En su concepto emitido el 8 de noviembre de 2024, Margarita Cabello afirmó que, debido a estos vicios en la tramitación del proyecto, la Ley 2381 de 2024 debería ser declarada inexequible por la Corte Constitucional.
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Además, consideró que el defecto en la formación de la ley era “un vicio insubsanable”, lo cual justificaría la anulación de la reforma pensional en su totalidad.

Cargos subsidiarios sobre el contenido de la ley
Además de los problemas procedimentales señalados por la demandante, la Procuraduría también se refirió a algunos aspectos sustantivos de la ley, aunque en menor medida. En particular, se discutieron dos puntos planteados por Valencia en sus cargos subsidiarios.
El primero de ellos tiene que ver con el artículo 84.5 de la ley, que introduce una carga tributaria sobre las pensiones superiores a 1.000 UVT (Unidades de Valor Tributario). La Procuraduría considera que esta disposición infringe el principio de progresividad de los derechos sociales, ya que podría afectar negativamente los beneficios de los pensionados más altos.
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Por otro lado, el artículo 93 de la ley establece un sistema de jubilación específico para los grupos étnicos, lo que, según la procuradora, violaría la prohibición constitucional de crear sistemas pensionales especiales. A pesar de estos cuestionamientos, el concepto de la Procuraduría indicó que, si bien el artículo 84.5 podría ser considerado inconstitucional, el artículo 93 podría ser declarado exequible.
El concepto de la Procuraduría también se centró en resaltar la importancia de que las leyes, especialmente aquellas que impactan de manera significativa en los derechos de los ciudadanos, sean discutidas y aprobadas siguiendo los procedimientos constitucionales adecuados. Margarita Cabello señaló que el hecho de que la Plenaria de la Cámara de Representantes no haya revisado adecuadamente las diferencias con la ponencia de segundo debate no solo compromete la validez de la ley, sino que también afecta la confianza de los ciudadanos en las instituciones encargadas de hacer la ley.
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El futuro de la reforma ´pensional

Con la solicitud formal de la Procuraduría, la Corte Constitucional ahora tiene la tarea de decidir si acepta revisar el caso y tomar una decisión sobre la viabilidad de la Ley 2381 de 2024. En caso de que la Corte acepte la solicitud de la Procuraduría, la reforma pensional impulsada por el gobierno de Gustavo Petro quedaría anulada, lo que generaría una nueva etapa de discusión en torno a la protección social para los ciudadanos mayores, las personas en situación de invalidez y los sistemas de pensión en el país.
La ley, que ha sido un tema central en la agenda del gobierno, propone cambios importantes en el sistema de pensiones, que incluyen una reforma a la estructura de los beneficios pensionales, buscando asegurar una mayor cobertura y equidad. Sin embargo, las objeciones legales y constitucionales presentadas por diversos actores políticos y sociales podrían retrasar su implementación, si la Corte Constitucional declara su inexequibilidad.
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