
La controversia sobre la autoridad de la Procuraduría General de la Nación, en cabeza de Margarita Cabello, para imponer sanciones disciplinarias a funcionarios de elección popular continúa generando debates intensos. Una investigación de El Tiempo puso en evidencia la disparidad en los fallos del Consejo de Estado respecto a estas sanciones, al revelar un panorama de incertidumbre jurídica.
La Corte Constitucional había dictaminado que la Procuraduría tenía competencias para destituir o inhabilitar a funcionarios de elección popular, siempre y cuando estas decisiones fueran sujetas a control judicial por parte del Consejo de Estado. Sin embargo, este órgano judicial emite fallos contradictorios, lo que provocó una mayor polémica.
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El medio citado informó que mientras algunos consejeros de Estado revisan las sanciones disciplinarias, otros las anulan, bajo el argumento de que sus decisiones deben alinearse con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh), que establece que una autoridad administrativa no puede afectar los derechos políticos de los funcionarios electos.

Por eso, la Procuraduría solicito al Consejo de Estado la suspensión o anulación de diez fallos recientes que exoneran a varios políticos, en un intento por revertir decisiones que, según la institución, afectan la lucha contra la corrupción y la impunidad.
Entre los casos más notorios se incluyen la revocación de la sanción contra el exalcalde de Bucaramanga, Rodolfo Hernández, que había sido suspendido por ocho meses por agredir físicamente a un concejal, y la anulación de la destitución por diez años del exrepresentante a la Cámara por Vichada Marco Sergio Rodríguez Merchán, involucrado en un caso de obstrucción a la justicia relacionada con contrabando de combustible.
También se destaca la anulación de la destitución de diez años contra Sandra Jaramillo González, exconcejal de Bogotá y miembro del Partido de la U, así como la revocación de la suspensión de cuatro meses del exalcalde de Colón-Génova, Óscar Cerón Ortega.
En Caldas, Boyacá, se anuló la destitución de doce años contra el exalcalde José Rubiel Páez, mientras que en Oporapa-Huila se revocó la destitución de trece años del exalcalde Yamid Sterling Sánchez.
La Procuraduría también cuestionó la anulación de la destitución de diez años del exalcalde de Juan de Acosta, Atlántico, Juan Alberto Ramos, y la revocación de la destitución de doce años de Carlos Barbosa Malaver, exalcalde de Anapoima. Además, se busca revertir el fallo que anuló la destitución de trece años de Sonia Serrano Prada, exalcaldesa de Lebrija, y la revocación de la destitución de diez años de Javier Osorio Cortés, exalcalde de Dagua, Valle, según reveló el medio en mención.
La Procuraduría defiende su autoridad ante el Consejo de Estado
El Ministerio Público argumenta que estos fallos están interpretando incorrectamente la doctrina establecida por la Corte Constitucional en la sentencia C-030 de 2023. Dicha sentencia confirmó las facultades sancionatorias de la Procuraduría, pero el Consejo de Estado, según la entidad estatal, está invalidando decisiones disciplinarias impuestas a mandatarios que ya no están en ejercicio, de acuerdo con el diario El Tiempo.

La Procuraduría sostuvo que las directrices de la sentencia de la Corte Constitucional son aplicables únicamente a dos situaciones específicas: para funcionarios en ejercicio del mandato popular y para decisiones emitidas después de la entrada en vigencia de la Ley 2094 de 2021, es decir, a partir del 29 de junio de 2021. Bajo este sentido, consideran que los fallos del Consejo de Estado van en contra del precedente constitucional y provocan graves perjuicios.
El Ministerio Público señaló que el Consejo de Estado está aplicando de manera inapropiada el fallo de la Cidh en el caso del exalcalde de Bogotá Gustavo Petro, ahora presidente de la República, que establece que ninguna autoridad administrativa puede afectar los derechos políticos de los funcionarios electos.
Según la Procuraduría, esta interpretación está llevando a una inaplicación de normas de la Constitución Política, particularmente en lo que respecta a la competencia de la Procuraduría para investigar y sancionar a servidores públicos elegidos popularmente.
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