
El Tribunal Superior de Bogotá aceptó el martes 2 de julio de 2024 la queja interpuesta por la defensa del expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez, como parte del juicio en su contra por los delitos soborno, soborno en actuación penal y fraude procesal. La audiencia en este sentido tendrá lugar el 10 de julio, en donde la defensa del exmandatario podrá presentar de nuevo sus argumentos en favor de la nulidad de la acusación.
La queja fue radicada por el abogado de Uribe Vélez, Jaime Granados, que argumentó que la jueza 44 penal del circuito de Bogotá, Sandra Liliana Heredia Aranda, cometió —según la argumentación jurídica— un error al rechazar de plano la solicitud de nulidad de lo actuado. El letrado afirmó que al hacerlo, la jueza privó a la defensa de una oportunidad crucial para argumentar su caso y revertir la situación de su apoderado.
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El tribunal, en el documento emitido, declaró “mal denegado” el recurso de apelación presentado por la defensa de Uribe Vélez, al afirmar que la jueza actuó de manera incorrecta al rechazar la solicitud sin un análisis detallado y exhaustivo de las razones expuestas por Granados y su equipo. De esta forma, los magistrados enfatizaron la necesidad de respetar los derechos procesales de todas las partes.

“Declarar mal denegado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Álvaro Uribe Vélez en contra de la parte de la decisión de 24 de mayo de 2024, que rechazó de plano la nulidad por afectación al principio de congruencia, conforme a lo expuesto en la parte motiva de este proveído”, se leyó en el fallo del tribunal mencionado, que generó, como estaba previsto, revuelo, en las redes sociales.
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De acuerdo con Granados, el rechazo de plano es un argumento contradictorio, pues desde su perspectiva “se trata de una solicitud dilatoria, cuando es el legislador quien indica que este es el escenario para solicitar nulidades, los derechos de las víctimas y del procesado a que el proceso se adelanten con celeridad y eficacia”. Lo que se consideró una victoria en este caso.
A su vez, el abogado acotó que no pueden entenderse como justificación válida para limitar el debido proceso “y permitir oportunidades de defensa que el mismo proceso trae dentro de su estructura”.
En ese sentido, el tribunal indicó que al ser manifiesta la intención de la defensa de apelar la decisión, “el despacho judicial de conocimiento deberá habilitar el espacio procesal para que sustente la apelación” y, con ello, se corra traslado y se verifiquen los presupuestos procesales. “De estar acreditados estos, se conceda el recurso e indique su efecto, y remita a esta corporación”, se agregó.
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Los argumentos de la defensa de Uribe para lograr decisión a su favor
La aceptación de la queja implica que en la próxima audiencia, la defensa de Uribe tendrá la oportunidad de reiterar sus argumentos. “La jueza de primera instancia debe dar obedecimiento a la decisión de su superior y nos debe permitir a nosotros hacer la sustentación del recurso de apelación en ese aspecto concreto”, explicó Granados. Además, destacó que este fallo abre una nueva oportunidad para una defensa adecuada del expresidente.
La defensa de Álvaro Uribe argumentó que si la jueza vuelve a rechazar la apelación, recurrirán nuevamente al Tribunal Superior de Bogotá, lo que representa la complejidad del caso que ha captado la atención pública debido a la prominente figura del expresidente. Según Granados, un correcto análisis del recurso de nulidad es fundamental para garantizar un juicio justo y equitativo, conforme a las normas legales vigentes.
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Es válido destacar que en este proceso, según agregó W Radio, los magistrados Carlos Guzmán, Dagoberto Hernández y Hermens Darío Lara se declararon impedidos para analizar el mismo, ante lo cual la Corte Suprema de Justicia aceptó los recursos radicados.
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