
De acuerdo con datos oficiales de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, durante el transcurso del 2024, en la ciudad se han impuesto más de 165.000 comparendos a personas por comportamientos que afectan la convivencia en la ciudad, en su mayoría por evasión del pago del pasaje en el transporte público, porte de armas cortopunzantes, riñas, entre otros.
Para facilitar el pago correspondiente a la multa impuesta por las autoridades competentes, la dependencia de Seguridad actualizó su Plataforma para la Liquidación de Comparendos (LICO), habilitando el botón virtual PSE, con el fin de que la ciudadanía evite hacer filas en los bancos, reduciendo costos operativos y ampliando servicios digitales para subsanar la falta cometida al Código de Convivencia.
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En Bogotá, las autoridades imponen comparendos de convivencia a los ciudadanos que afectan la convivencia, la tranquilidad, el medio ambiente y la salud pública. Existen tres tipos de multas, las cuales son:
Multa Tipo 1 (general) - 4 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv):
- No recoger los excrementos de sus mascotas en el espacio público.
- Ingresas y salir de estaciones o portales, por sitios distintos a las puertas designadas por los sistemas de transporte.
- Ocupar el espacio público en violación de las normas vigentes.
Multa Tipo 2 (general) - 8 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv):
- Portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas en áreas comunes.
- Evitar el pago de la tarifa del servicio público de transporte.
- Comprar, alquilar o usar equipo terminal móvil con reporte de hurto y/o extraviado en la base de datos negativa.
- Reñir, iniciar o incurrir en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas.

Multa Tipo 3 (general) - 16 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv):
- Vender celulares con reporte de hurto.
- Perturbar la tranquilidad de la comunidad con ruido, reuniones o fiestas.
- Tener animales silvestres en calidad mascotas.
- Realizar actos sexuales de exhibicionismo que generen molestia a la comunidad.
- Quien altere, manipule, deteriore, destruya o fuerce las puertas de estaciones o de vehículos del sistema masivo de transporte.
Multa Tipo 4 (general) - 32 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv):
- Arrojar basura, llantas, residuos o escombros en el espacio público o en bienes de carácter público o privado.
- Hacer mal uso de la línea de Emergencias del 123.
- Realizar necesidades fisiológicas en espacio público.
- Incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden policial.
- Impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a procedimientos de identificación por parte de las autoridades competentes.
- Consumir, portar, distribuir, ofrecer o comercializar sustancias psicoactivas, en el perímetro de centros educativos; además al interior de centros deportivos y parques.
- Consumir, portar, distribuir, ofrecer o comercializar sustancias psicoactivas, en áreas o zonas del espacio público.
- Consumir bebidas alcohólicas, portar o consumir sustancias psicoactivas en el espacio público
Cómo se puede realizar el pago por PSE
Los ciudadanos residentes en Bogotá que cuenten con algún comparendo podrán realizar el pago ingresando al siguiente enlace lico.scj.gov.co. Allí deberán digitar el número de documento, actualizar sus datos personales, descargar el recibo de pago, escoger el método de pago GOU – PSE e ingresar los datos del banco. Al correo electrónico llegará comprobante de la operación.
“A través de la plataforma Lico hemos creado un botón PSE para facilitar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de estas sanciones. El compromiso con el pago de las sanciones no solo contribuye a una mejor convivencia en la ciudad, sino que adicionalmente refrenda su voluntad como ciudadano de cumplir las normas y comprometerse con una ciudad que camina segura”, comentó el secretario de Seguridad, Cesar Restrepo.
La dependencia distrital recordó que la persona que no esté al día con sus comparendos por convivencia no podrá contratar con una entidad del Estado, ni realizar actualizaciones o registros ante Cámara de Comercio, o concursar en los empleos de la Comisión Nacional del Servicio Civil (Cnsc).

Sin embargo, para armonizar el castigo, la Ley estableció un beneficio del 50% de descuento en el valor del comparendo, si se paga dentro de los cinco días hábiles siguientes a su expedición. Se debe tener en cuenta que la mora genera intereses que se incrementan mes a mes.
Finalmente, y solo en algunos casos, en su mayoría de las multas tipo 1 y 2, los ciudadanos podrán pagar la multa con acciones retributivas para la ciudad, es decir, participando en programas comunitarios, limpiando quebradas, pintando parques, entre otras actividades pedagógicas. Para ello deben acercarse a una Casa de Justicia, a la RedCade o diligenciando el formulario ingresando al siguiente enlace: link/U9sPD.
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