
Usuarios de la empresa de energía Air-e han presentado quejas sobre la duplicidad en los cobros de impuestos de Alumbrado Público y Seguridad en las facturas emitidas por la compañía, de acuerdo con información recopilada por la emisora colombiana la W Radio.
Además de los impuestos mencionados, los recibos del mes de febrero de 2024 incluyeron los ítems “Recalculo Alumbrado Público” y “Recalculo Tasa de Seguridad y Convivencia Ciudadana”, lo que resultó en el cobro duplicado del mismo tributo.
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Por lo tanto, algunos hogares que pagaban $185.000 pesos por ambos conceptos notaron que el monto total a pagar en la factura actual ascendía hasta $370.000 pesos, solo en impuestos.
Este aumento inesperado en la factura mensual ha generado incomodidad entre algunos ciudadanos.
Ante esta situación, la empresa de energía aseguró que se trató de un “error de impresión” y que los valores fueron corregidos en el portal de pagos de Air-e.
Además, indicaron que aproximadamente 5000 usuarios que recibieron la factura física fueron afectados por este incidente, de entre más de 1′300.000 clientes que la organización atiende.
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La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) anunció una importante actualización en el protocolo para el manejo de variaciones en el consumo de servicios públicos por de los usuarios.
Esta medida, anunciada tras la Cumbre Energética en Sincelejo, surge como respuesta no solo a la necesidad de estandarizar el proceso de verificación de los consumos atípicos, sino también como reacción a un reciente fallo del Consejo de Estado, que invalidó una sección de una resolución previa de la misma entidad.
De acuerdo con la resolución 105007 de 2024, se establece un procedimiento claro para que las empresas de servicios públicos hagan investigaciones cuando existan desviaciones significativas en el consumo de sus usuarios, ya sea por encima o por debajo de sus promedios históricos. La Creg indica que “dar un tratamiento igualitario a los usuarios y amparar sus derechos” es el objetivo primordial de esta actualización.
En términos prácticos, las variaciones en los consumos se calcularán estableciendo un límite inferior y superior de la siguiente manera:
- Límite superior para el periodo de facturación de análisis del suscriptor o usuario corresponderá al consumo promedio histórico para desviación significativa del periodo de facturación más tres desviaciones estándar.
- Límite inferior para el periodo de facturación del usuario corresponderá al máximo entre cero y el resultado de tomar el consumo promedio histórico para desviación significativa del periodo de facturación y restarle tres desviaciones estándar.
Esto quiere decir, que cuando un usuario supera el límite superior establecido, es decir, su consumo es excepcionalmente alto, la facturación se hará inicialmente “basándose en el promedio de sus consumos de los últimos doce meses.”
Esta medida se mantendrá hasta que la empresa haga la verificación pertinente para esclarecer las razones detrás del incremento en el consumo. Si se confirma que el aumento corresponde a un consumo real, se ajustará la factura para reflejar el consumo efectivo. En el caso de detectarse algún error o anomalía, se corregirá la cantidad a facturar.
Por otro lado, si un hogar registra un consumo por debajo del límite inferior, las empresas tienen la facultad de decidir si proceden con una investigación para entender las causas de este bajo consumo. Factores como periodos de vacaciones o una reducción en el número de personas en el hogar podrían explicar estas variaciones.
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