
El Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela que había interpuesto la defensa de Álvaro Leyva contra la Procuraduría, tras haberlo suspendido provisionalmente por tres meses de su cargo como canciller.
La tutela, interpuesta el 13 de febrero de 2024 ante el despacho del magistrado Jaime Chavarro Mahecha, solicitaba que fueran levantados los efectos de la decisión del ente de control disciplinario.
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“En consecuencia, solicito se deje sin efecto el numeral segundo del Auto proferido por la Sala Disciplinaria de Instrucción que dispuso la suspensión provisional del disciplinado. Decisión que fue confirmada por la señora Procuradora General de la Nación, doctora Margarita Cabello Blanco, mediante auto del 7 de febrero de 2024″, se lee en la tutela.
La defensa también argumentó que la suspensión “no se adecuaba a las exigencias legales ni a los estándares definidos por la jurisprudencia constitucional” y que se le estaban violando el derecho al debido proceso y las garantías procesales a Leyva:
“Desde antes de su radicación, los argumentos que pudieran ser planteados carecían de interés y relevancia para la Procuraduría General, quien ya había sentado la posición sobre el asunto. Situación que, a todas luces, transgrede las garantías básicas de un proceso disciplinario, especialmente en los casos en los que se impone la medida de la suspensión provisional”, señaló Yefferson Dueñas Gómez, que ejerce como abogado de Leyva.

La respuesta de la Procuraduría
La Procuraduría respondió a la tutela radicada por la defensa de Álvaro Leyva y pidió que fuera rechazada al considerarla improcedente.
Además, alegó que la suspensión impuesta a Leyva es una medida cautelar y no definitiva. Así las cosas, el canciller tendría cómo defenderse, por lo que no se estaría vulnerando el derecho al debido proceso.
“La suspensión provisional dentro del proceso disciplinario no desconoce el derecho al debido proceso, por cuanto la misma es una medida de prevención disciplinaria que no define la responsabilidad del servidor público”, señala el documento de la Procuraduría.
Agrega que, “tal y como fue señalado en el informe del procurador delegado de la sala disciplinaria de instrucción “(…) en el curso del proceso disciplinario, sea en la etapa instructiva o de juicio, es posible desvirtuar el hecho jurídicamente relevante que motiva la adopción de la medida, y, no atenta contra la presunción de inocencia”.


El fallido juicio disciplinario contra Leyva
Álvaro Leyva es investigado por la Procuraduría por declarar desierta la licitación de pasaportes sin tener los fundamentos fácticos, jurídicos y técnicos, con lo que pudo transgredir los principios que rigen la contratación estatal; y por supuestamente decretar la urgencia manifiesta durante el desarrollo del trámite contractual sin que existieran causales para ello.
El juicio disciplinario en su contra por estos hechos se tenía previsto para el 15 de febrero de 2024. Sin embargo, la diligencia no avanzó mucho y terminó suspendida.
La razón: el abogado del canciller presentó una recusación contra Ernesto Espinosa, el procurador encargado del caso de la licitación de los pasaportes, por una supuesta enemistad grave de ese funcionario judicial con el Gobierno nacional.

Aunque la Procuraduría General de la Nación rechazó esa recusación, el juicio disciplinario no se podrá llevar a cabo hasta que la procuradora Margarita Cabello resuelva el recurso.
Cabe recordar que el 7 de febrero de 2024, la Procuraduría anunció, luego de que Leyva siguiera ejerciendo sus funciones y firmando decretos pese a estar suspendido, que le abrirá una nueva investigación por un presunto desacato y compulsó copias a la Fiscalía, por el mismo hecho.
“El Ministerio Público ordenó la apertura de una nueva investigación disciplinaria contra Leyva Durán por el presunto desacato de la medida de suspensión provisional, a pesar de que le fue debidamente notificada y la misma debió ser cumplida de manera inmediata”, anunció la Procuraduría.
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