
Debido a los comicios regionales del 29 de octubre en los que los colombianos elegirán gobernadores, alcaldes, concejales, diputados regionales y ediles, el Gobierno nacional anunció, como es costumbre, que en el país regirá la Ley seca y otras restricciones, con el fin de garantizar el correcto transcurso de la jornada electoral.
A través del Decreto 1702, el Gobierno estableció que “para la conservación del orden público” durante las elecciones, se prohibirá el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el país por medio de la llamada Ley seca.
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De acuerdo con la normativa, la Ley seca en el territorio nacional comenzará desde las 6 de la tarde del sábado 28 de octubre y se extenderá hasta las 6 de la mañana del lunes 30 de octubre. En el caso eventual de que haya una segunda vuelta en Bogotá, la medida regirá desde las 6:00 de la tarde del sábado 18 de noviembre hasta las 6 de la mañana del lunes 20 de noviembre.
“En caso de segunda vuelta para la elección de alcalde Mayor de Bogotá, si hubiere lugar a ello, la prohibición se aplicará en el territorio del Distrito Capital, desde las seis de la mañana (6:00 a.m.) del día sábado 18 de noviembre hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del día lunes 20 de noviembre de 2023″, se lee en el decreto.

En el documento expedido por el Gobierno nacional también se dejó en claro que, debido a la prohibición total a la venta y consumo de bebidas alcohólicas, dichos líquidos embriagantes tampoco se podrán pedir a domicilio.
Aquellos que incumplan con esa normativa, podrían enfrentarse a una multa de 392.000 pesos, de acuerdo con el Código Nacional de Policía.
Otras medidas

El Gobierno también estableció que en el periodo comprendido entre las 6 de la tarde del sábado 28 de octubre y las 4 de la tarde del domingo 29 de octubre, los pasos terrestres y fluviales autorizados en las fronteras colombianas permanecerán cerrados.
“La medida debe incluir controles migratorios en los puestos terrestres y fluviales fronterizos. Se exceptúan de la restricción, los tránsitos que deban realizarse por razones de caso fortuito o fuerza mayo”, explica el decreto.
En el documento así mismo se ordenó la suspensión de los permisos para el porte de armas por parte de la Fuerza Pública entre las 6 de la mañana del sábado 28 de octubre y las 6:00 de la mañana del lunes 30 de octubre.
De ser necesario, la Fuerza Pública podrá prorrogar dicha normativa para evitar posibles disturbios en el orden público ante los resultados de los comicios regionales.

En el caso de la normativa para los puestos de votación, el Gobierno nacional determinó que entre las 8 de la mañana y las 4 de la tarde estará prohibido el uso de teléfonos celulares, cámaras fotográficas y de video. Los únicos exentos de esta medida serán los medios de comunicación que estén cubriendo los comicios, siempre y cuando hayan coordinado previamente con la Registraduría Nacional para obtener la autorización.
El decreto así mismo permitirá la presencia de testigos electorales en los puestos de votación desde las 7 de la mañana hasta las 4 de la tarde, cuando finalizan los comicios. Para ingresar a los puntos, deberán presentar su cédula de ciudadanía, además de la credencial -completamente diligenciada- en la que se indica expresamente que usted es testigo electoral.
Recuerde que para consultar su lugar de votación en las elecciones del próximo domingo 29 de octubre, puede ingresar al siguiente link web de la Registraduría: https://eleccionescolombia.registraduria.gov.co/index.html.
A continuación, el documento completo del Decreto 1702:
Decreto 1702 Del 19 de Octubre de 2023 by Daniela Gallo on Scribd
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