Los delitos de violación y violación equiparada ya no serán prescriptibles en la Ciudad de México. Así lo aprobó este martes el Congreso local durante una sesión virtual a través de una reforma al Código Penal capitalino.
El diputado de Morena y presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Ricardo Ruíz Suárez, señaló que el objetivo de esta reforma es salvaguardar el derecho de la víctima de denunciar a su agresor en el momento en que considere que se encuentra preparado física, mental y psicológicamente.
Agregó que en el caso de otros delitos en contra de menores de edad como el estupro, incesto, abuso sexual, acoso sexual, entre otros, el plazo para su prescripción, empezará a correr hasta que la víctima haya cumplido los 30 años, y no 18 años de edad, como estaba establecido hasta ahora.
En este sentido, dijo que con la aprobación de hoy se salda una deuda histórica a favor de la niñez.
Por su parte, la también diputada morenista Guadalupe Morales Rubio mencionó que el Poder Legislativo está para proteger a los menores de edad y procurarles las mejores condiciones para su desarrollo.
Asimismo, indicó que esta reforma es un principio para incidir en leyes más severas para agresores sexuales y garantizar un desarrollo sano para la niñez.

El dictamen, previamente aprobado por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, establece reformas y adiciones de los artículos 108, 111 y 181 bis del Código Penal capitalino.
En el primero de ellos, quedó establecido que incrementan de 17 a 24 años de prisión a quien cometa pederastia y de cuatro a nueve años de prisión, para quien ejecute actos sexuales contra menores de 12 años de edad.
Mientras que las reformas al artículo 181 bis, precisa el incremento de las penas de 12 a 20 años de prisión para quien realice cópula con personas menores de 12 años; de cuatro a nueve años de prisión, para quien ejecute actos sexuales contra menores de edad.

Además, consideran como agravante el hecho de que un servidor público encubra alguno de estos delitos, por lo que se estipula la destitución e inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión, hasta por la mitad del tiempo de la pena de prisión impuesta al autor del ilícito.
La reforma entrará en vigor un día después de que sea publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (GOCDMX).
El caso de Saúl Huerta
La aprobación se da a más de un mes de que se dio a conocer que el todavía diputado de Morena, Benjamín Saul Huerta, presuntamente abuso sexualmente de al menos tres menores de edad con el mismo modus operandi: ofreciéndole empleo a jóvenes de sexo masculino con bajos recursos con deseos de seguir sus estudios; para ello, los citaba a entrevista, aprovechando un descuido para drogarlos y llevarlos a hoteles en la Ciudad de México.

A pesar de las amenazas que lanzaba a sus victimas, un adolescente lo denunció y se filtró a la prensa videos que muestran el momento en que es sorprendido por la policía capitalina en un hotel, donde legislador alegó que tenía fuero.
El escandalo aumentó cuando la madre de la victima compartió una llamada con Saúl Huerta en la que se escucha cómo trata de sobornarla para que desista de proceder legalmente contra él. Sin embargo, semanas después el mismo señalado publicó un video donde aseguró que todo se trata de ataques contra él y el partido que representa.
El legislador aún mantiene el fuero constitucional, toda vez que la Cámara de Diputados no ha dado paso al juicio de procedencia en su contra.
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