Reparto de utilidades: qué son y cuándo deben entregarse

En algunos casos no aplica para los colaboradores de las empresas en el país

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Los trabajadores tienen derecho a
Los trabajadores tienen derecho a una parte de las ganancias. (Foto: Reuters)

A unos días de cumplirse el periodo para que algunas empresas realicen el reparto de utilidades, aquí daremos a conocer qué son y a quién se deberá otorgar durante el presente año.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), se trata de un derecho que tienen los trabajadores, quienes podrán recibir una parte de las ganancias de la empresa donde laboran y que generó durante el año anterior gracias a su productividad o de servicios que ofrece en el mercado.

Es decir, las utilidades deberán dividirse entre los empleados, siempre y cuando la empresa tenga más de un año en funciones y tuvo un ingreso anual mayor a 300,000 pesos en el ejercicio fiscal anterior.

Es importante destacar que en algunos casos no hay derecho de recibirlas y estos son: trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el ejercicio fiscal correspondiente, directores, administradores y gerentes generales de las empresas, así como empleados domésticos, socios o accionistas de la empresa y prestadores de servicios por honorarios.

La dispersión se realiza en
La dispersión se realiza en mayo. (Foto: Cuartoscuro)

Para su dispersión también será necesario verificar que el patrón haya generado utilidades en el ejercicio fiscal anterior y que se haya constituido la comisión mixta de utilidades en la empresa (integrada por igual número de representantes del patrón y de los trabajadores).

Las empresas que no se encuentran obligadas al reparto de éstas son: las nuevas con un año en funciones; empresas con un año de creación y dedicadas a la elaboración de un producto nuevo en los primeros dos años de labor; compañías de industria extractiva con un periodo de exploración; instituciones con fines de asistencia humanitaria; así como el Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

La dispersión deberá realizarse del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas. Mientras que en el caso de las empresas éstas se ofrecerán del 1 de abril al 30 de mayo.

¿Cómo se calcula el reparto de utilidades?

*La Profedet aclaró que en este caso se calculará con base al porcentaje que determine la comisión nacional para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (el cual a la fecha asciende al 10% de las utilidades netas).

*Se repartirá una parte proporcional y por igual entre los trabajadores. Se tomará en cuenta el número de días trabajados independientemente de su salario.

No todas las empresas entregan
No todas las empresas entregan las utilidades. (Foto: Cuartoscuro)

* En el caso de los trabajadores de confianza que no sean directores, administradores y gerentes generales, participarán en las utilidades de las empresas, pero si su salario es superior al del trabajador sindicalizado de más alto salario, se considerará este salario aumentado en un 20%, como salario máximo.

*Además, se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año.

*El monto de la participación de los trabajadores al servicio de personas físicas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, no podrá exceder de un mes de salario.

*Los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no podrá exceder de un mes de salario.

En caso de que un trabajador no las reciba podrá acudir a la Profedet y solicitar un abogado, quien le brindará asesoría legal, gratuita y personalizada.

Es importante detallar que los empleados tienen hasta un año para reclamar el pago a partir de que sea exigible.

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