
Tras conocerse los cambios establecidos por la Secretaría de Movilidad que comenzarán a regir a partir del próximo 10 de enero de 2023, con el fin de garantizar la movilidad y el flujo vehicular en la malla vial de la ciudad, la pregunta que se hacen los propietarios de las motocicletas es: ¿habrá o no pico y placa para motos en Bogotá?
La secretaria de Movilidad Distrital, Deyanira Ávila, señaló que las medidas implementadas para efectuarse en 2023 buscan optimizar el uso del espacio del tránsito de la ciudad y garantizar un flujo constante.
Además, la funcionaria distrital indicó que “por el momento estamos trabajando medidas para los vehículos particulares, para los carros y no tenemos contemplada ninguna medida con las motos en Bogotá”.
Ávila expuso que desde la entidad de Movilidad se realizó una evaluación integral y del crecimiento por parte del parque automotor en vehículos particulares, el cual resalta un incremento mayor al de las motocicletas.
Según la funcionaria bogotana, para 2023 se estima un incremento del 2,9 %, lo que quiere decir que los residentes bogotanos tienen una capacidad de adquisición de vehículos, los cuales ocupan mayor espacio en la mallas vial de la ciudad.
Por otro lado, Movilidad recomendó a todos los usuarios de motocicletas el respetar lo consagrado en el Código Nacional de Tránsito (también conocido como la Ley 769), esto con el fin de garantizar la seguridad vial de todos los actores viales de la ciudad.
Recomendaciones para los motociclistas para evitar infracciones C24
Cabe resaltar que según lo establecido por el Código Nacional de Tránsito Terrestre la infracción C24 es una determinante de falta que se aplica únicamente a motos y se describe una buena parte de las reglas que deben seguir los propietarios de estos vehículos dos ruedas.
Conforme a la normatividad se establece la infracción C24 por “conducir motocicleta sin observar las siguientes normas”:
- Transitar por un carril, respetando las líneas de demarcación, preferentemente por la derecha, a menos que la vía ofrezca más carriles para maniobras de adelantamiento.
- No circular en motocicleta por ciclovías o ciclorrutas.
- Usar siempre casco y chaleco reflectante (horario de 18:00 a 6:00 del día siguiente).
- Andar con parrillero hombre solo en los municipios y horarios en que está permitido y siempre utilizando cascos y prendas reflectantes.
- Emplear adecuadamente las luces direccionales y el espejo retrovisor (igual que un carro).
- Transitar por la vía pública con las luces delanteras y traseras encendidas.
- El casco que lleves debe tener el número de placa del vehículo.
- No transportar objetos que dificulten la conducción o que signifiquen un peligro para las demás personas en la vía.
- Evitar sujetarse de otros vehículos para avanzar.
- No transitar sobre las aceras y otros espacios destinados a peatones.
- Respetar las señales y velocidad máxima al conducir.
- Incorporar las señales manuales que detalla el Código de Transporte.
Cabe recordar que las infracciones categorizadas con la letra ‘C’ son consideradas como una falta de gravedad moderada, por lo tanto, se contempla una multa de 15 SMLDV, lo que equivale a $500.000 según los valores de 2022.
Por otra parte, la secretaria de Movilidad dio a conocer los valores que se emplearán en 2023 sobre los parqueaderos fuera de vía, cuyo valor continuará dependiendo del nivel de servicio (infraestructura y cantidad de cupos del parqueadero) y de la zona (mayor valor en zonas de alta demanda). El valor máximo por minuto para motos será de $97.
“Los prestadores del servicio de aparcaderos o estacionamientos, como requisito previo al cobro de las nuevas tarifas, deberán estar en el Registro Distrital de Estacionamientos con la información actualizada”, agregó la entidad.
Finalmente, en los estacionamientos en vía el valor máximo para automóviles quedó en $252 y para motos en $176.
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